MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA MI INTERNET SpA
     
    Santiago, 15 de septiembre de 2021.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 568 exento.
     
    Vistos:
     
    a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante "la Subsecretaría".
    b) La ley Nº 18.168, Ley General de Telecomunicaciones, en adelante "la Ley".
    c) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que faculta al Ministro de Transportes y Telecomunicaciones para firmar "Por orden de la Presidenta de la República".
    d) El decreto supremo Nº 353, de 2001, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Reglamento del Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones, y sus modificaciones.
    e) La resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
    f) La resolución afecta Nº 16, de fecha 12.02.2013, de la Subsecretaría, que aprueba las Bases Generales para Concursos Públicos para la Asignación de Proyectos y sus respectivos Subsidios, correspondientes al Programa Anual de Proyectos Subsidiables del Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones.
    g) La resolución afecta Nº 2, de fecha 20.04.2020, de la Subsecretaría, que aprueba las Bases Específicas para el Concurso Público "Conectividad para la Educación 2030", Código: FDT-2019-04, modificada mediante resolución afecta Nº 4, de fecha 08.07.2020, de la misma Subsecretaría.
    h) Las Sesiones LV y LIX, del Consejo de Desarrollo de las Telecomunicaciones, de fechas 29.01.2019 y 15.01.2020, respectivamente que autorizan el llamado a Concurso Público del literal g) de los Vistos y fija el monto máximo de Subsidio para la asignación del mismo.
    i) La resolución exenta Nº 1.003, modificada por la resolución exenta Nº 1.201, ambas de 2020 y de la Subsecretaría, que aprueba el Informe de Respuestas a las Consultas y Aclaraciones formuladas a las Bases Generales y Específicas del Concurso Público de los literales f) y g) de los Vistos, respectivamente.
    j) Los ingresos Subtel Nº 187.141, Nº 187.296, Nº 187.299 y Nº 187.301, todos de fecha 05.08.2020, por los cuales Mi Internet SpA presenta su Propuesta al Concurso Público del literal g) de los Vistos, para la Zona 35.
    k) Los ingresos Subtel Nº 250.122 y Nº 250.125, ambos de fecha 05.10.2020, por los cuales Mi Internet SpA da respuesta a los primeros requerimientos aclaratorios formulados por Subtel a su Propuesta del literal j) de los Vistos.
    l) El ingreso Subtel Nº 280.579 de fecha 06.11.2020, por el cual Mi Internet SpA, da respuesta a los segundos requerimientos aclaratorios formulados por Subtel a su Propuesta del literal j) y los ingresos Subtel del literal k), ambos de los Vistos, correspondientes al "Set B".
    m) El oficio Ord. Nº 19.586/GFDT Nº 453 de fecha 18.12.2020, de la Subsecretaría, por el cual se comunica a Mi Internet SPA. la adjudicación de su Propuesta de los literales j), k) y l) de los Vistos, para la Zona 35 del Concurso Público del literal g) de los Vistos.
    n) El decreto supremo Nº 30 de 2017, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión y sus modificaciones posteriores.
     
    Considerando:
     
    a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 3.605 de fecha 08.01.2021, complementado mediante ingreso Subtel Nº 126.975 de 14.07.2021.
    b) El Acta de fecha 10.12.2020, correspondiente a la LXIII Sesión del Consejo de Desarrollo de las Telecomunicaciones, que resolvió adjudicar el Concurso Público "Conectividad para la Educación 2030", Código: FDT-2019-04, y su respectivo Subsidio, para la Zona 35, a Mi Internet SpA.
    c) La resolución exenta Nº 457, de fecha 04.03.2021, de la Subsecretaría, que asigna el Proyecto "Conectividad para la Educación 2030", Código: FDT-2019-04, para la Zona 35, a Mi Internet SpA.
    d) El oficio Ord. Nº 6.047/GFDT Nº 137 de fecha 26.04.2021, de la Subsecretaría, por el cual se comunica a Mi Internet SpA la aprobación del Plan de Despliegue Ajustado y el Informe de Detalle de Asignaciones Internas, para la Zona 35.
    e) Que no se presentaron oposiciones a la publicación del Extracto de la solicitud de Modificación de Concesión 21-SP3605 en el Diario Oficial Nº 43.019 de fecha 04.08.2021.
     
    Decreto:

     
    Modifícase la concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos, a la empresa Mi Internet SpA, RUT Nº 96.990.210-9, con domicilio en Av. Caupolicán Nº 1169, comuna de Los Vilos, Región de Coquimbo, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
     
    1. Autorízase a la concesionaria a Instalar, operar y explotar los sistemas que a continuación se indican, a fin de proveer el Servicio de Conectividad en los Establecimientos Educacionales Subvencionados (EES) de la Región Metropolitana de Santiago, que pertenezcan a la Zona 35, adjudicada a ella en el marco del Concurso Público "Conectividad para la Educación 2030", Código: FDT-2019-04, en los términos que exigen las Bases de Concurso y el Proyecto Comprometido y asignado, así como lo que en definitiva sea autorizado.
     
   
   
     
    1.1 Instalar, operar y explotar un radioenlace de microondas Punto a Punto en la Región Metropolitana, correspondientes a la red de transporte, según se indica a continuación:
     
   
   
     
    1.2 Instalar, operar y explotar radioenlaces de microondas Punto a Punto en la Región Metropolitana, correspondiente a la red de acceso, según se indica a continuación
     
   
   
   
   
     
    1.3 Instalar, operar y explotar los siguientes Nodos de Fibra Óptica, correspondientes a la red de acceso, según se indica a continuación:
     
   
     
    2. Las interconexiones a las redes públicas existentes, serán a través de medios propios o de terceros debidamente autorizados.
    3. El Servicio objeto de la presente concesión deberá prestarse con estricto apego a la normativa de calidad que al efecto contemple la Ley Nº 18.168, sus modificaciones y demás normas reglamentarias y/o técnicas vigentes, como asimismo aquellas que exigencias de calidad, operación y supervisión del Servicio de Conectividad para los EES que pertenezcan a la Zona 35 descritas en la resolución exenta Nº 457, de 2021, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
    Para la supervisión del Servicio de Conectividad en los EES que pertenezcan a la Zona 35, la concesionaria utilizará un NOC propio cuya identificación corresponde a la indicada en la siguiente tabla.
     
   
     
    4. El Período de Obligatoriedad de las Exigencias de las Bases terminará el 31 de diciembre de 2029, durante este período, la concesionaria deberá cumplir con las exigencias de las Bases de Concurso, lo comprometido en la Propuesta y con los términos de la asignación, todos indicados en los literales f), g), i), j), k) y l) de los Vistos y los literales c) y d) del Considerando, respectivamente.
    5. La concesionaria en su carácter de Beneficiaria deberá desplegar e instalar todos los elementos comprometidos en el Proyecto Técnico respectivo y necesarios para dar inicio al Servicio de Conectividad, obteniendo la respectiva Alta de Servicio en todos los EES de la Zona adjudicada que pertenezcan a cada una de las Etapas de dicha Zona dentro de los plazos que se señalan a continuación, los cuales se computarán en días corridos desde la publicación en el Diario Oficial del presente Decreto, y previa recepción conforme de las obras e instalaciones asociadas a la misma por parte de la Subsecretaría:
     
   
     
    6. El monto de Subsidio máximo anual asignado para el Proyecto Concursable adjudicado es el siguiente.
     
   
     
    El pago del Subsidio máximo anual asignado se realizará con posterioridad al cumplimiento de los hitos de Alta de Servicio de acuerdo con las Etapas de inicio del Servicio de Conectividad y conforme la disponibilidad presupuestaria del año de operación respectivo. Asimismo, tal pago se realizará de acuerdo con el Subsidio mensual calculado para cada Zona asignada, el cual se pagará de forma mensualizada y en función de los EES pertenecientes a la Zona respectiva respecto de los cuales se provea efectivamente el Servicio de Conectividad comprometido.
    7. Apruébase el Proyecto Comprometido, base de la solicitud presentada por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico legal que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
    8. La resolución exenta Nº 1.546 de 2021 que autorizó provisoriamente la modificación de la concesión, dictada por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones en virtud de lo expuesto por la interesada en su solicitud indicada en la letra e) de los considerandos, se extinguirá al momento de la publicación del presente decreto en el Diario Oficial.
    9. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan el servicio de telecomunicaciones concesionado, en lo que le sea aplicable. Asimismo, lo establecido en las Bases de Concurso, lo comprometido en la Propuesta y con los términos de la asignación, todos indicados en los literales f), g), i), j), k) y l) de los Vistos y los literales c) y d) del Considerando, respectivamente.
     

    Anótese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Gloria Hutt Hesse, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Francisco Moreno Guzmán, Subsecretario de Telecomunicaciones.