1º Modifícase la estructura tarifaria contenida en la tabla de tarifas de servicios puros, consignada en el literal a) del Resuelvo 1º de la Resolución Nº 35, de 2009, modificada por las resoluciones exentas Nº 1.514, Nº 1.866 y Nº 1.867, de 2010, Nº 69, de 2011, Nº 297, de 2016, Nº 611, Nº 2.086 y Nº 2.215, de 2017, Nº 2.722, de 2019, y Nº 1.196, de 2020, todas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y por las resoluciones exentas Nº 3.251 y Nº 3.554, de 2017, Nº 2.419, de 2020, y Nº 1.558, Nº 1.867 y Nº 2.276, de 2021, todas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y Ministerio de Hacienda; para el Sistema de Transporte Público de la provincia de Santiago y las comunas de San Bernardo y Puente Alto, agregando lo siguiente:
Tarifa Metro Elecciones 21 de noviembre de 2021 $0
Tarifa Trenes Elecciones 21 de noviembre de 2021 $0
En todo lo no modificado, se mantendrá vigente la resolución Nº 35, de 2009, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y sus modificaciones, constando la estructura tarifaria vigente en las resoluciones exentas Nº 2.722, de 2019, y Nº 1.196, de 2020, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
2º Instrúyase, a los correspondientes prestadores de servicios complementarios, la implementación de la modificación de estructura tarifaria que por este acto se ordena, para ser aplicada el día 21 de noviembre del presente año en el Metro de Santiago y en el tramo Alameda-Nos del servicio de trenes operado por EFE Central S.A.