DESIGNA A DOÑA BEATRIZ ANDREA ROMÁN ALZÉRRECA, COMO REPRESENTANTE DEL SERVICIO NACIONAL DE TURISMO, ANTE EL CONSEJO DE MONUMENTOS NACIONALES
Núm. 13 exento.- Santiago, 10 de junio de 2020.
Visto:
Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 10, y 35 de la Constitución Política de la República; en la Ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en la ley Nº 17.288 que legisla sobre Monumentos Nacionales, modifica las leyes Nº 16.617 y Nº 16.719, deroga el decreto ley Nº 651, de 17 de octubre de 1925; en el decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar "por orden del Presidente de la República"; en el decreto supremo Nº 96 de fecha 15 de mayo de 2017, del Ministerio de Educación, que designa a Arlette Marisol Levy Arensburg como representante del Servicio Nacional de Turismo ante el Consejo de Monumentos Nacionales; en la resolución Nº 6, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, de las materias de personal que se indican; y en los antecedentes que obran en el expediente del presente decreto.
Considerando:
1.- Que, el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio es la Cartera de Estado encargada, entre otras funciones, de contribuir al reconocimiento y salvaguardia del patrimonio cultural, promoviendo su conocimiento y acceso, y fomentando la participación de las personas y comunidades en los procesos de memoria colectiva y definición patrimonial.
2.- Que, el Consejo de Monumentos Nacionales es un organismo técnico dependiente del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, encargado de, entre otras, pronunciarse sobre la conveniencia de declarar Monumentos Nacionales los lugares, ruinas, construcciones u objetos que estime del caso y solicitar de la autoridad competente la dictación del decreto supremo correspondiente.
3.- Que, el referido organismo técnico está compuesto, entre otros, por un representante del Servicio Nacional de Turismo, conforme se establece en la letra V), del artículo 2º de la ley Nº 17.288, antes individualizada, quien será designado por el Presidente de la República cada 3 años, de conformidad a lo dispuesto en el párrafo segundo de la letra S) del mencionado cuerpo legal, encontrándose delegada su designación en la Ministra de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, de acuerdo a lo dispuesto en el decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar "por orden del Presidente de la República".
4.- Que, el cargo de consejero representante del Servicio Nacional de Turismo fue ejercido por el plazo de tres años por Arlette Marisol Levy Arensburg, al haber sido debidamente designada en la forma que la ley prescribe, lo que fue formalizado a través del Decreto Supremo Nº 96 de 2017, del Ministerio de Educación.
5.- Que, habiéndose cumplido el periodo por el cual fue designada la Sra. Levy, Andrea Wolleter Eyheramendy, Directora del Servicio Nacional de Turismo, ha decidido designar a Beatriz Andrea Román Alzérreca para ocupar el cargo de Consejera representante de dicha institución ante el Consejo de Monumentos Nacionales.
Decreto:
Artículo 1º: Desígnase a contar del 10 de junio de 2020, por el período de tres años, a doña Beatriz Andrea Román Alzérreca, cédula nacional de identidad Nº 13.828.682-7, como representante del Servicio Nacional de Turismo, ante el Consejo de Monumentos Nacionales.
Artículo 2º: Por razones de buen servicio, la Consejera designada asumirá sus funciones sin esperar la total tramitación del presente decreto.
Artículo 3º: Una vez que este acto administrativo se encuentre totalmente tramitado, publíquese por la Subsecretaría del Patrimonio Cultural, en el sitio electrónico de Gobierno Transparente del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, en la categoría "Actos y documentos publicados en el Diario Oficial", en cumplimiento de lo previsto en el artículo 7º del artículo primero de la Ley Nº 20.285, sobre Acceso a la información pública, y en el artículo 51 de su reglamento. Asimismo, y en cumplimiento de la ley Nº 19.628 sobre Protección de la Vida Privada, omítase la cédula nacional de identidad de la persona natural contenida en este decreto para el sólo efecto de su publicación en el sitio electrónico de Gobierno Transparente.
Anótese, regístrese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Consuelo Valdés Chadwick, Ministra de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Juan Carlos Silva Aldunate, Subsecretario de las Culturas y las Artes.