1. Modifícase la resolución exenta Nº 1.122 (V. y U.), de 2021, en el siguiente sentido:
    a) Reemplázase el Resuelvo 1. por el siguiente:
     
    "1. Llámase a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, en la alternativa de postulación colectiva, en las comunas que integran la provincia de Choapa, las comunas de La Higuera, Vicuña y Andacollo en la provincia de Elqui, las comunas de Combarbalá, Punitaqui y Montepatria en la provincia del Limarí, de la Región de Coquimbo, las comunas de La Ligua, Cabildo, Papudo y Petorca, de la Región de Valparaíso, y las comunas de Mulchén, San Rosendo, Quilaco, Antuco, Laja y Alto Biobío, en la Región del Biobío, para proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos que cuenten con Certificado de Proyecto Calificado. En tal sentido, se efectuarán procesos de selección en cada cierre, con los proyectos calificados para dichos efectos, los días 22 de julio, 31 de agosto, 30 de noviembre y 28 de diciembre de 2021, o hasta agotar la totalidad de los recursos dispuestos por agrupación de provincias, según corresponda.".
     
    b) Reemplázase la tabla inserta en el Resuelvo 2, por la siguiente:
    c) Reemplázase el cuadro inserto en la letra a. del Resuelvo 7. por el siguiente:
    d) Reemplázase la letra c) del Resuelvo 7. por la siguiente:
     
    "c. El monto base del Subsidio de Habilitación, establecido en el Inciso tercero de la letra h) del artículo 35, del DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, podrá alcanzar hasta las 280 Unidades de Fomento, manteniéndose sobre este el monto adicional de habilitación de 100 Unidades de Fomento que se destinan para la ejecución de las obras especiales que en el citado inciso se especifican."
     
    2. Establécese que la resolución exenta Nº 1.122, de 2 de julio de 2021 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución exenta.