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Resolución 1804 EXENTA

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Resolución 1804 EXENTA

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Resolución 1804 EXENTA APRUEBA BASES TÉCNICAS, ANEXO ITEMIZADO TÉCNICO CONDICIONES MÍNIMAS Y PROGRAMA ARQUITECTÓNICO, PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE CONDOMINIOS DE VIVIENDAS TUTELADAS O CVT PARA ADULTOS MAYORES

MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO

Resolución 1804 EXENTA

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Promulgación: 18-NOV-2021

Publicación: 23-NOV-2021

Versión: Única - 23-NOV-2021

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APRUEBA BASES TÉCNICAS, ANEXO ITEMIZADO TÉCNICO CONDICIONES MÍNIMAS Y PROGRAMA ARQUITECTÓNICO, PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE CONDOMINIOS DE VIVIENDAS TUTELADAS O CVT PARA ADULTOS MAYORES
     
 
    Santiago, 18 de noviembre de 2021.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 1.804 exenta.
     
    Visto:
     
    a) Lo dispuesto en la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado;
    b) La Ley Nº 16.391 que crea el Ministerio de Vivienda y Urbanismo;
    c) El decreto ley Nº 1.305 de 1975 (V. y U.), que Reestructura y Regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, especialmente lo dispuesto en su letra d) del artículo 8º;
    d) La resolución exenta Nº 1.292 (V. y U.), del 5 de agosto de 2021, que Aprueba Convenio de Colaboración para la Ejecución de Condominios de Viviendas Tuteladas entre el Servicio Nacional del Adulto Mayor y el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, y
    e) La resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República que fija las normas sobre exención del trámite de toma de razón.
     
    Considerando:
     
    a) Que con fecha 24 de mayo de 2021, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo y el Servicio Nacional del Adulto Mayor suscribieron un Convenio de Colaboración, que fue aprobado mediante la resolución exenta Nº 1.292 (V. y U.) de fecha 5 de agosto de 2021, con el objeto de establecer el apoyo que brindará el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en adelante Minvu, a la materialización de los planes y programas definidos por el Servicio Nacional del Adulto Mayor, en adelante Senama, para la atención de los proyectos de construcción de Condominios de Viviendas Tuteladas, siendo dichas viviendas, entregadas en comodato al Senama para su administración y mantención.
    b) Que conforme lo establecen las cláusulas tercera y sexta del convenio señalado precedentemente, los diseños de los proyectos de Condominios de Viviendas Tuteladas deberán ser desarrollados respetando las Bases Técnicas y el Programa Arquitectónico concordados entre el Minvu y el Senama, cuyos textos deben ser aprobados mediante resolución del Ministro de Vivienda y Urbanismo, razón por la que,
     
    Resuelvo:

     
    1. Apruébase el siguiente formato de Bases Técnicas para el desarrollo de proyectos de Condominios de Viviendas Tuteladas o CVT para adultos mayores, y su respectivo anexo "Itemizado técnico condiciones mínimas", cuyo texto se reproduce a continuación:
     
     
    "BASES TÉCNICAS PARA CONDOMINIOS DE VIVIENDAS TUTELADAS CVT PARA ADULTOS MAYORES
     
    Las presentes Bases Técnicas comprenden los lineamientos generales para el desarrollo del Diseño de Arquitectura y Especialidades de los Proyectos denominados Condominios de Viviendas Tuteladas o CVT para Adultos Mayores. Los usuarios serán Adultos Mayores cuyo nivel de funcionalidad será autovalentes, semivalentes o con dependencia moderada.
    La oferta técnica del proyecto deberá incluir el diseño de arquitectura y especialidades, la tramitación municipal para la obtención de permiso de edificación y la posterior aprobación de la recepción definitiva, en la Dirección de Obras Municipales, en adelante DOM de la comuna respectiva.
    El consultor deberá suscribir una carta compromiso autorizada ante Notario, mediante la cual se compromete a patrocinar el expediente de obtención de recepción municipal una vez concluidas las obras de ejecución del Condominio de Viviendas Tuteladas.
    Será de exclusiva responsabilidad del oferente el desarrollo del proyecto de arquitectura y todos los proyectos de especialidades que se requieran, la obtención y pago de permisos en todos los organismos públicos y privados que se requieran para la obtención de permiso de edificación ante la DOM de la comuna correspondiente.
    El proyecto deberá ser desarrollado cumpliendo la normativa vigente, y considerando las características particulares del terreno definido por el mandante.
    Para la obtención de la recepción final, el mandante deberá entregar todos los documentos referidos a la etapa de ejecución de obras que serán de responsabilidad del oferente que se adjudique la licitación de ejecución de obras de construcción, que se desarrollará una vez recibida y terminada la consultoría de diseño del proyecto de arquitectura y especialidades del Condominio de Viviendas Tuteladas.
    El Conjunto deberá ser diseñado bajo criterios de accesibilidad universal ya que las viviendas se entregan en comodato a beneficiarios en forma vitalicia.
     
     
    1. CRITERIOS ARQUITECTÓNICOS
     
    Los proyectos de arquitectura de las Viviendas Tuteladas para adultos mayores, deberán considerar las normas de accesibilidad universal para espacios públicos y edificaciones, de acuerdo con lo señalado por la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, en adelante OGUC, la Ley de Accesibilidad Universal, la Guía de Diseño de Espacios Residenciales para Adultos Mayores del Minvu, de 2006, los Manuales Técnicos del Minvu, así como todas aquellas recomendaciones de diseño generales y específicas, definidas por el proyectista.
    Los proyectos desarrollados en el marco de edificaciones para Adultos Mayores deberán estar diseñados bajo criterios de ciudad amigable e inclusiva, accesibilidad universal y envejecimiento activo. Se deberá tener especial cuidado en garantizar la seguridad de los futuros usuarios al interior del CVT en todos los aspectos de su vida cotidiana de manera de lograr proyectos adecuados a las características específicas de los Adultos Mayores.
    El proyecto arquitectónico debe cumplir, en lo referido a superficies a lo menos, con lo señalado en el cuadro "Programa Arquitectónico y Superficies Mínimas Exigidas", incluido en las presentes Bases. El oferente no podrá agregar recintos y podrá aumentar la superficie construida en un máximo de 10% de la superficie útil proyectada.
    Se deberán incorporar criterios de ergonomía adecuada a Adultos Mayores, considerando características de movilidad reducida y a personas que utilizan elementos de apoyo para su desplazamiento.
    La solución arquitectónica deberá procurar un equilibrio en los siguientes aspectos:
     
    . Calidad de la tipología en el diseño espacial y formal del proyecto, tanto en sus espacios interiores como en su respuesta hacia el espacio urbano.
    . El sistema de agrupación de las edificaciones y el emplazamiento de éstas en el terreno deberá hacer un adecuado aprovechamiento de la superficie disponible, para generar espacios y lugares de estar y encuentro, exteriores, organizados de manera de facilitar una lectura y comprensión espacial fácil e intuitiva a los adultos mayores; a través del desarrollo de graduaciones espaciales desde espacios comunitarios a espacios de uso exclusivo, interconectados a través de rutas accesibles, sin espacios intersticiales o de uso indefinido dentro del CVT.
    . El criterio de accesibilidad universal deberá ser implementado en todos los componentes del diseño del CVT.
    . Calidad técnica y constructiva, que garantice la seguridad, durabilidad, fácil mantenimiento y una buena regulación de los factores medio ambientales tales como el clima, asoleamiento, humedad, y otros que puedan afectar la vida útil del CVT, tanto por los materiales y sistemas constructivos basados en el "Itemizado Técnico" anexo, como por los criterios de diseño de orientación, distribución, cantidad y calidad de ventanas y sistemas de ventilación natural, de acuerdo a la OGUC.
     
    1.1. Aspectos generales
     
    Los proyectos deben cumplir con la Ley General de Urbanismo y Construcciones, la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones y con las normas específicas de Accesibilidad Universal.
     
    Normativa a cumplir:
     
    . Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC).
    . Ley de Accesibilidad Universal
    . Normas SEC
    . Normas referidas a instalaciones sanitarias.
    . Normas referidas a instalaciones de gas.
    . Normas referidas a instalaciones especiales tales como energía solar y otros.
    . Normas referidas a seguridad contra incendio y evacuación en caso de emergencia.
    . NCh3269:2013 Accesibilidad universal en la edificación y en los espacios de uso público -Criterios generales de diseño.
    . NCh3271:2012 Criterios DALCO para facilitar la accesibilidad universal.
    . NCh3257:2019 Accesibilidad universal en las ciudades inteligentes.
     
    1.2. Criterios de diseño
     
    Localización:
     
    El emplazamiento no podrá estar fuera del límite urbano comunal, deberá estar inserto en zonas urbanas que cuenten con urbanización completa.
    El conjunto deberá estar situado en zona urbana con cercanía a un centro de salud. Deberá contar con acceso a transporte público a una distancia recorrible peatonalmente no mayor a 500 metros, por vereda pavimentada en buen estado, medida desde el acceso a la vivienda más desfavorable hasta el paradero de locomoción colectiva.
    Deberá contar con acceso directo a una vía de uso público, y no podrán acceder mediante pasaje, ni estar situados en terrenos sin frente a una vía pública o con accesos a través de servidumbres de paso y la vía deberá ser tipificada como calle.
     
    Criterios de integración al barrio:
     
    Se deberá lograr a través del tratamiento de las fachadas, las proporciones del edificio, tipologías de edificación locales, colores, materialidades y material vegetal de la zona.
     
    . Diseño general del CVT:
     
    Deberá procurar la obtención de un conjunto armónico a través de la solución volumétrica unitaria.
     
    . Espacios comunes:
     
    El diseño de los espacios comunes deberá permitir el desarrollo de actividades de socialización al interior del Conjunto de Viviendas Tuteladas, logrando la interacción y relación de sus habitantes y considerando una adecuada disposición del mobiliario que promueva estas características. Deben incorporarse zonas exteriores para recreación tales como patio común, pérgola, terraza, huertos, jardines, entre otros, protegidas del sol, la lluvia y del viento, que respondan adecuadamente a las características climáticas en que se emplaza el proyecto.
    Las áreas de estar exteriores deberán considerar escaños con respaldo, apoya brazos, y asiento de material distinto a hormigón armado, de una altura entre 46 a 48 cm. medido al asiento; y un área contigua a ambos costados, de 0,90 x 1,20 m. (asfaltada) para ubicación de sillas de ruedas y/o apoyos técnicos. Todas las áreas exteriores deberán considerar iluminación exterior.
     
    . Accesos:
     
    El acceso al Conjunto debe ser reconocible y controlado, por lo tanto, el proyecto debe considerar reja de fierro transparente en el frente del conjunto con puerta peatonal con llave separada del acceso vehicular. Este último debe tener portón corredero con llave. Siempre que se trate de portones o rejas de corredera estos deberán tener rieles enrasados a nivel de piso terminado.
    El acceso a las viviendas debe ser reconocible, así como también los accesos internos a las distintas dependencias, tales como salón multiuso, cocina, oficina de atención, etc.
    Se deberá considerar acceso vehicular separado de acceso peatonal y estacionamientos según OGUC. El acceso vehicular deberá permitir el libre paso de un vehículo de emergencia hasta estacionamiento interior, el cual deberá contar con una fácil comunicación con el interior del conjunto.
     
    . Circulaciones:
     
    Las circulaciones peatonales exteriores al interior del condominio deberán ser diseñadas bajo el criterio de accesibilidad universal, su ancho mínimo será de 1,50 m. y su altura mínima 2,1 m. deberá permitir el paso de 2 personas a la vez. Deberán contemplar barandas de apoyo o pasamanos en tramos discontinuos distanciados en tramos de máximo 3 m. entre ellos.
    El pavimento de áreas comunes, debe ser durable, antideslizante en seco y mojado.
    En las zonas de estar exteriores se podrán contemplar sendas de ripio garantizando que el terreno esté debidamente alisado y apisonado eliminando así desniveles e irregularidades en la circulación.
    Todos los desniveles deberán ser salvados mediante planos inclinados o rampas con pendiente no mayor a 8%, estas últimas, cuando superen 1,5 m. de largo deberán considerar baranda bilateral continua en todo su largo que debe prolongarse 0,20 m. como mínimo en el punto de entrada y salida. Al comienzo y al final de una rampa se debe considerar un espacio libre de 1,50 m.
     
    . Cierros:
     
    Se debe incluir la totalidad de los cierros perimetrales del terreno. Estos deben cumplir con las condiciones de seguridad y de altura de acuerdo a las normas vigentes. En el cierro principal y todos los cierros de fachadas a la calle, se debe considerar cierro semi transparente con acceso peatonal separado de acceso vehicular en fachada principal, ambos deben contar con chapas de seguridad. En el resto de los deslindes se deberá contemplar cierro opaco de hormigón vibrado de tipo bull dog, H: 2,00 m. reforzado con tres hiladas de alambre púa hasta H: 2,60 m. instaladas en postes del mismo material.
    Se podrá considerar control de acceso mediante la instalación de cerradura automatizada en acceso peatonal del CVT con timbres y botonera al costado de la reja peatonal y citófonos instalados en cada vivienda y en la sede comunitaria.
     
    . Ejecución de Áreas Verdes:
     
    Se deberá considerar la ejecución de las áreas verdes destinando 2 m² por Vivienda Tutelada. Dichos espacios deberán quedar debidamente habilitados considerando en el diseño características de accesibilidad universal, climáticas del emplazamiento e incorporación de la vegetación propia del lugar, de manera de que se generen áreas verdes de bajo costo y fácil mantención.
     
    1.3. Zonificación
     
    Sede Comunitaria:
     
    La sede comunitaria deberá ser proyectada considerando criterios de accesibilidad universal para el acceso, circulación y uso del recinto y su equipamiento. La sede comunitaria deberá estar conectada a la ruta accesible del conjunto.
    Las circulaciones interiores del equipamiento comunitario deben tener ancho libre mínimo 0,90 m.
     
    Ventanas y Vanos: Ventanas con manilla tipo palanca a altura entre 0,90 m. y 1,20 m. Rieles de ventanales deberán estar enrasados a nivel de piso con separación de 1,5 m. Antepechos de ventanas altura 0,60 m.
    Marcos de puertas y ventanas en color contrastante respecto de los muros. Puerta de Acceso ancho libre 1,30 m. Debe ser resistente al impacto, abrirse desde afuera, manilla tipo palanca.
     
    El programa contempla recintos para las zonas pública, común y de servicio. Todo el programa debe ser resuelto en un solo volumen.
     
    . La zona pública considera oficina técnica más archivo, sala de recepción con baños diferenciados por sexo y al menos uno habilitado para discapacidad.
    . La zona común, sede comunitaria: contempla un salón de uso múltiple.
    . La zona de servicios debe estar integrada a la sede comunitaria, contempla un recinto cocina comunicada con salón multiuso mediante puerta y vano pasa platos, un recinto de lavandería con salida directa a patio de servicio con tendedero, una bodega cerrada, zona de basura. No se debe considerar calefacción central de tipo caldera ya que el costo no es sustentable por los futuros usuarios. No se podrán considerar recintos mediterráneos.
     
    La cocina deberá contar con lavaplatos doble cuba con secador, y grifería cuello cisne monomando, conexión de gas para cocina de 4 platos, campana de extracción instalada sobre cocina, enchufes para un refrigerador, un microondas, uno doble de servicio sobre el mesón de trabajo y un enchufe para campana de extracción sobre la cocina. La distancia entre mobiliarios que se enfrentan no debe ser inferior a 0,90 m., los tiradores deben ser de fácil agarre, verticales y que puedan ser usados con la mano en puño, la grifería monomando a 0,45 m. máximo del borde y artefactos deben considerar área de uso que permita aproximación frontal y/o lateral de persona en silla de ruedas: para lavaplatos y cocina un área de 0,90 m. x 0,90 m. Para refrigerador área de 1,50 m. x 1,20 m.
    El acceso a la lavandería deberá estar al interior de la sede comunitaria, este recinto deberá contar con instalación eléctrica, instalación de agua potable y alcantarillado para lavadero acero inoxidable 14 lts., montado sobre atril metálico perfectamente fijo a piso y muro de apoyo, una lavadora de tipo industrial y una secadora a gas. Además de un enchufe para zona de planchado ubicado sobre el mesón de planchado. Este recinto debe tener conexión directa con zona de tendedero, patio de servicio.
     
     
    Viviendas:
     
    Los recintos considerados para la zona privada lo constituyen las viviendas tuteladas.
    Las viviendas deberán ser diseñadas de acuerdo a criterios en donde la optimización de la superficie sea el criterio principal. Los recintos deben ser:
     
    Estar - comedor - cocina, con salida hacia zona de servicio. - Dormitorio con closet habilitado. - Baño, habilitado / accesibilidad universal.
     
    Para los efectos de tener en cuenta el tipo de actividades que se desarrollan en el conjunto de Vivienda Tutelada, se adjunta zonificación y cuadro "Programa Arquitectónico y Superficies Mínimas Exigidas".
     
    1.4.- Aspectos específicos
     
    . El conjunto en su totalidad debe mantener un nivel. No podrá haber desniveles entre recintos. Las viviendas y la sala de uso múltiple deberán diseñarse en un piso.
    . En todos los cambios de nivel se deberán contemplar planos inclinados o rampas de pendiente 8% máxima, con barandas fijas en bilaterales (ambos lados) de h: 0,90 m. En rampas superiores a 1,50 metros deberán contemplar extensión de 0,20 m. al inicio y término.
    . En circulaciones se deben considerar pasillos semi exteriores, cubiertos que permitan el uso eventual de camilla y silla de ruedas, ancho 1,50 m., libre como mínimo, con iluminación apropiada, sin desniveles y pavimento antideslizante en seco y mojado, en caso de dejar radier afinado, se debe contemplar sellante y las uniones entre paños no deben tener más de 1cm. de ancho.
    . Salón de uso múltiple tendrá una capacidad equivalente a 2 m² por residente permitiendo contener a todos los residentes en forma simultánea, el recinto debe contar con iluminación y ventilación natural, comunicación visual desde el interior hacia áreas verdes exteriores, de acuerdo al cuadro Programa Arquitectónico que se adjunta.
    . Ventanas con manilla tipo palanca o presión a altura entre 0,9 m. y 1,20 m.
    . Rieles de ventanales deberán estar enrasados a nivel de piso con separación de 1,5 m.
    . Antepechos de ventanas altura 0,60 m.
    . Marcos de puertas y ventanas en color contrastante respecto de los muros
    . Puerta de Acceso ancho libre 1,30 m. Debe ser resistente al impacto, abrirse desde afuera, manilla tipo palanca o tirador de acción puño cerrado.
    . Servicios higiénicos:
     
    En zona común: Se deben considerar baños diferenciados por sexo, y al menos un recinto habilitado para discapacidad. Deberán ser bien iluminados y ventilados, considerando a lo menos 1 inodoro, 1 lavamanos por recinto de baño. No se podrá considerar recintos mediterráneos. Se deberá considerar barras de apoyo en todos los WC, instalados en el 100% de los baños del CVT.
     
    En Viviendas:
     
    Baño diseñado bajo criterio de Accesibilidad Universal.
    Deberán ser bien iluminados y ventilados, considerando a lo menos 1 inodoro, 1 lavamanos y 1 receptáculo de ducha hecho en obra sin peralte de borde, revestido en pavimento tipo cerámica o porcelanato, texturado antideslizante. Se deberán considerar barras de apoyo, por cada artefacto dentro del recinto de baño.
    En la zona de ducha se debe considerar una silla plegable debidamente afianzada al muro, esta debe estar instalada en muro lateral a la grifería de ducha.
    El área de ducha deberá ser sin bordes, con barra de apoyo a la entrada y salida del receptáculo, fijadas perfectamente al muro.
    Los lavamanos deben ser sin pedestal y deben permitir que personas con dificultad para caminar, puedan apoyar cómodamente los brazos, de tal forma que permitan descansar el cuerpo y mantener la estabilidad mientras hacen uso del artefacto.
    Los inodoros tendrán una altura entre 46 y 48 cm., medidos desde el nivel de piso terminado al borde superior del asiento, lo que facilita la acción de sentarse al disminuir la flexión de las piernas. Se debe considerar barras de apoyo al WC que podrán estar en muro de apoyo del estanque o en muro lateral del artefacto, instaladas a H: 90. Se recomienda la instalación de artefactos de accesibilidad universal en el 100% de baños del CVT.
     
    Se deberán considerar llaves de paso en cada recinto húmedo y llaves de paso individuales por cada artefacto sanitario, estas deberán ser llave de paso individual metálica, no se aceptarán llaves de paso con piezas plásticas.
     
    Lavamanos: Sin pedestal ni mobiliario en la parte inferior, perfectamente afianzado a muro de respaldo. Se debe considerar espejo sobre lavamanos.
    W.C.: Debe estar a una altura de 46 a 48 cm. desde el nivel del piso terminado. Si el artefacto estándar es de una altura menor, puede solucionarse colocándolo sobre una plataforma en obra lo más ceñida a la forma de la base del inodoro para no interferir en la proximidad hacia él. Es fundamental la existencia de una barra de apoyo de tipo abatible, fija a muro (resistencia y de material antideslizante) que permita la transferencia desde la silla de ruedas hacia el WC, y una barra recta instalada en el muro frente al artefacto, para facilitar al residente las acciones de pararse y sentarse en el inodoro.
    Portarollo: Debe estar instalado a una altura no menor a 60 cms. ya que debe quedar a una altura superior del asiento del WC. Se debe considerar portarrollo de cerámica blanco empotrado a muro. Colgador: Se deben considerar 2 ganchos colgadores de cerámica blanca por baño instalados a H: 1,60 m.
    Jabonera: Se deberán considerar 2 jaboneras de cerámica blanca por cada baño, una en la zona de ducha y la otra sobre el lavamanos. En los baños de sede comunitaria se debe considerar una jabonera por baño sobre los lavamanos.
    Espejo: Se deberá considerar espejo instalado sobre lavamanos de 60 cm. x 60 cm. como medidas mínimas, este podrá ser empotrado en muro o sobrepuesto, con marco de aluminio.
    Toda grifería deberá ser del tipo de monomando.
    El baño debe estar próximo al dormitorio, de fácil acceso y con adecuada iluminación y ventilación, de acuerdo a normativa vigente. Se recomienda que la puerta de acceso a este recinto sea de tipo corredera de aluminio con vidrios arenados o tipo catedral, riel perdido en radier o con carro colgante.
     
    Los Dormitorios deberán considerar el espacio para un velador por cama, además debe contar con un closet por residente, se debe considerar 1 m. de closet por residente, o 0,9 m² por residente (para viviendas, se consideran 2 residentes) de acuerdo a Programa Arquitectónico. Los dormitorios deben considerar 2 camas o una cama matrimonial. El closet debe ser con puertas correderas y tiradores rectos.
     
    . Incorporación de dispositivos de seguridad: como materiales antideslizantes en las superficies de piso principalmente en los habitáculos de ducha, agarraderas de apoyo, mayor altura para los enchufes mínimo a 0,40 m. desde el nivel del piso terminado, puertas más anchas mínimo 90 cm. en todos los vanos y cerraduras con manilla de palanca.
    . Materialidad constructiva, el proyecto, deberá cumplir como mínimo con las especificaciones técnicas determinadas en el Itemizado Técnico de Construcción, aprobado y vigente por resolución del Minvu, se adjunta anexo.
    . Los sistemas constructivos que se consideren para los elementos estructurales y los materiales que se utilicen como revestimientos deberán contar con todas las aprobaciones y ensayos respectivos de acuerdo a la OGUC y el presente documento (seguridad y habitabilidad), en caso de sistemas constructivos no tradicionales (son todos los sistemas constructivos que no cuentan con norma de cálculo estructural) estos deberán contar con la aprobación de la Ditec del Minvu.
    . Las Viviendas Tuteladas se deberán considerar como viviendas individuales con estar comedor - cocina, dormitorio con closet doble, baño, área de servicio exterior y patio individual.
    . El área común del conjunto estará conformada por recepción, oficina de atención, salón de uso múltiple, comedor y área de servicio (lavandería y bodega), todo según se detalla en cuadro "Programa Arquitectónico y Superficies Mínimas Exigidas", que se adjuntó.
    . Instalaciones. Se deberán considerar remarcadores de electricidad y agua potable para cada vivienda y para la sede social, se deberá considerar como un empalme para un condominio o conjunto de viviendas, se deben evitar cobros de sobre consumo a futuro ya que el pago de servicios básicos es de cargo a cada residente.
    . Se debe considerar red húmeda que cubra el 100% de las edificaciones del conjunto.
    . Para viviendas y sede se deberán considerar detectores y/o sensores de humo y gas junto a sus equipamientos necesarios para el correcto funcionamiento.
    . En sede social: Se debe considerar red de gas para calefón y cocina en base a cañerías de cobre para alimentar 2 balones de 45 kg., todo de acuerdo a normativa vigente y certificado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. Se debe construir caseta para balones con llave.
    . En viviendas: Se debe considerar red de gas para calefón y cocina en base a cañerías de cobre para alimentar 1 balón de 15 kg., todo de acuerdo a normativa vigente y certificado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. Se debe construir caseta metálica para balón con llave en patio de servicio.
    . Todos los calefones deberán ser Ionizados, de 7 lts. mínimo, para evitar que los futuros residentes manipulen diariamente el artefacto.
    . La instalación eléctrica, debe considerar que todos los interruptores estén ubicados en un rango de altura entre 90 y 120 cm.
    Los enchufes de fuerza deben estar a H: 40 cm. desde el nivel del piso terminado. En dormitorio se debe considerar interruptor de dos golpes, uno en acceso a dormitorio y otro al costado de la cama H: 90 cm. El artefacto debe permitir ser accionado con facilidad y debe contar con luz piloto o algún elemento reflectante que indique su ubicación.
    . En el dormitorio se debe considerar enchufe para TV en muro frente a la cama, en caso de que este muro sea de estructura de perfilería metálica se deberá considerar refuerzo del tabique que garantice la posibilidad de instalar TV colgada al tabique mediante soporte universal.
    . Todas las puertas deben ser de ancho hoja igual a 90 cm. Todas las manillas de las puertas interiores deben ser del tipo palanca sin pestillos y estar ubicadas a 95 cm. desde el suelo. Todas las puertas deben considerar al menos 3 bisagras. En todas las puertas se debe considerar tope de puerta tipo medialuna instalado en costado lateral al interior de cada recinto, para garantizar que las manillas de puertas no golpeen en muros.
    . Se debe evitar en el diseño que los baños queden mediterráneos, en caso de haber este tipo de recinto se debe contemplar sistema de extracción forzada para evitar condensación y daños por humedad. Se recomienda la incorporación de lucarnas.
    . Se deberá considerar muro cortafuego entre unidades de vivienda y en sede comunitaria.
     
    2. Propuesta Técnica
     
    2.1. Oferta
     
    Los antecedentes que el oferente debe incluir en su propuesta son los siguientes:
     
    - Certificado de informes previos del terreno emitido por la DOM respectiva.
    - Certificados de factibilidad vigentes de servicios sanitarios y eléctricos compatibles con el proyecto.
    - Planos del anteproyecto propuesto, planta de arquitectura detallada, cortes, elevaciones, indicando superficies de los distintos recintos considerados como mínimos por el Programa Arquitectónico.
    - Planos de instalaciones a nivel de anteproyecto, de agua potable, alcantarillado, electricidad, gas, corrientes débiles (citófono, timbre de luz y teléfono), opciones energías alternativas ejemplo: solar u otras.
    - Memoria del Proyecto y Zonificación.
    - Plano de Ubicación (emplazamiento), escala 1:1000, indicando Norte geográfico.
    - Especificaciones técnicas, según el Itemizado Técnico incluido en Anexo, incluyendo todas las partidas sin exclusión, especificadas en forma clara y detallada, señalando tipo y calidad de materiales a emplear, sin alternativas, formas de aplicación y lugar de uso. No se considera suficiente decir que la partida se ejecutará según la indicación del fabricante. En el caso de agregar partidas o sub partidas que no estén incluidas en dicho Anexo, deben especificarse claramente.
    - Al menos 3 imágenes, en formato de 3 dimensiones, tanto del conjunto y las viviendas.
     
    2.2.- Proyecto para construcción
     
    Proyecto de Arquitectura:
     
    - Planos de planta general (escala 1:50), consultando agrupamiento y planimetría interior perfectamente acotada (muros, tabiques, ventanas, puertas, etc.), indicando los espacios para muebles y artefactos.
    - Planos de planta detallados por piso (escala 1:50), indicando material a usar en pisos, muros y cielos, señalando tipos de ventanas, puertas, artefactos sanitarios, muebles, tabiques.
    - Plano de cubierta (escala 1:50), indicando pendientes, tipos de cubierta, hojalaterías.
    - Planos de detalles (escala 1:20), consultando planimetría interior del centro, perfectamente acotada, medianeros y cortafuegos, escaleras y rampas, alféizar, aleros, frontones, barandas y pasamanos, ventanas y puertas.
    - Planos de elevaciones (escala 1:50).
    - Planos de cortes verticales (escala 1:20), perfectamente acotados.
    - Plano de escantillón,
    - Plano de baños 1:20 indicando elementos de seguridad tales como barras, asiento abatible, texturas de piso.
     
    Proyecto de Estructuras:
     
    - Planos planta de fundaciones
    - Planos plantas losas por pisos
    - Planos plantas pilares, muros, vigas y cadenas por piso
    - Planos de elevaciones de estructura,
    - Planos de cortes estructura
    - Planos detalles y nudos estructuras
    - Plano estructura de techumbre
    - Memorias de estructura
     
    Proyectos de instalaciones:
     
    Se harán de acuerdo a normas, formatos, escalas e instrucciones que impartan los servicios que otorgan las respectivas aprobaciones de: agua potable, alcantarillado, electricidad, corrientes débiles, gas, calefacción, aguas lluvias.
     
    Proyectos de Urbanización: proyecto de pavimentación interior y exterior.
     
    Proyecto de obras adicionales o complementarias: áreas verdes, circulaciones y otros.
     
    El proyecto de áreas verdes deberá estar habilitado con al menos dos escaños con respaldo instalados con radier lateral de 1m. x 1 m. para silla de ruedas.
    Se recomienda considerar sistema de riego por goteo en zonas de áreas verdes.".
     
    "ANEXO: ITEMIZADO TÉCNICO CONDICIONES MÍNIMAS
     
    Los proyectos de construcción deberán incorporar en sus especificaciones técnicas, como mínimo los requisitos aquí señalados en las partidas que correspondan.
    Aquellos sistemas constructivos que no están considerados en el presente documento no serán considerados. En casos excepcionales podrán ser previamente aprobados por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
     
   
     
   
     
   
     
   
     
   
     
   
     
   
     
   
     
   
     
   
     
   
     
   
     
   
     
    2. Apruébase el siguiente Programa Arquitectónico para el Desarrollo de Proyectos de Condominios de Viviendas Tuteladas o CVT para adultos mayores, cuyo texto se reproduce a continuación:
     
"PROGRAMA ARQUITECTÓNICO PARA EL DESARROLLO DE CONDOMINIOS DE VIVIENDAS TUTELADAS:
    Anótese, comuníquese y publíquese.- Felipe Ward Edwards, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimietnto.- Guillermo Rolando Vicente, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.

Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Única
De 23-NOV-2021
23-NOV-2021

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