1.- Modifíquese y agréguese, a la resolución exenta N° 276 de fecha 31 de marzo de 2021, lo siguiente:
     
    a. Agréguese la siguiente frase en el resuelvo 20:
     
    A los recursos anteriormente autorizados, agréguese 54.050,00 UF, los cuales serán distribuidos en ambas selecciones definidas por este llamado regional.
    De existir saldos, luego de realizar la selección, estos recursos pasarán al segundo cierre del presente llamado.
     
    b. Modifíquese los montos de la primera tabla inserta en el resuelvo 20:
     
   
     
    2.- Modifíquese, la resolución exenta N° 774 de fecha 26 de agosto de 2021, en el siguiente sentido:
     
    a. Modifíquese el plazo de "selección de beneficiarios" establecido en la tabla del resuelvo I, por el siguiente:
     
   
     
    3.- Modifíquese, la resolución exenta N° 903 de fecha 28 de septiembre de 2021, en el sentido que indica:
     
    a. Modifíquese el plazo de "selección de beneficiarios" establecido en la tabla del resuelvo II, por el siguiente:
     
   
     
    b. Reemplazar la primera tabla inserta en el resuelvo II, por la siguiente:
     
    c. Agréguese la siguiente frase en el resuelvo II:
     
    Si el monto para selección de condominios económicos es inferior al monto del proyecto, estos recursos pasarán para selección de condominios sociales.
     
    4.- En todo lo no modificado por el presente acto administrativo, la Res. Ex. N° 276 de fecha 31 de marzo de 2021, Res. Ex. N° 774 de fecha 26 de agosto de 2021 y Res. Ex. N° 903 de fecha 28 de septiembre de 2021, todas de esta Seremi Minvu de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, mantiene su total vigencia.