MODIFICA LAS RESOLUCIONES Nºs. 224, 325, 352, 418, 446, 1.054, 1.194 Y 1.501 EXENTAS, TODAS DE VIVIENDA Y URBANISMO DEL AÑO 2021, QUE DISPONEN PROCESOS DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS Nº 49 (V. Y U.), DE 2011 Y SUS MODIFICACIONES, EN EL SENTIDO QUE INDICA
Santiago, 23 de noviembre de 2021.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 1.838 exenta.
Visto:
a) El DS Nº 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
b) La resolución exenta Nº 224 (V. y U.), de fecha 24 de febrero de 2021 y sus modificaciones, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos en las regiones que indica;
c) La resolución exenta Nº 325 (V. y U.), de 2021, y sus modificaciones, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del programa habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de construcción en nuevos terrenos, integrados por personas del Programa de Asentamientos Precarios del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en los meses de abril, junio, julio, agosto, octubre y noviembre de 2021;
d) La resolución exenta Nº 352 (V. y U.), de fecha 19 de marzo de 2021 y sus modificaciones, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos en las regiones que indica;
e) La resolución exenta Nº 418 (V. y U.), de fecha 1 de abril de 2021 y sus modificaciones, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos emplazados en la provincia de Arauco, Región del Biobío;
f) La resolución exenta Nº 446 (V. y U.), de fecha 8 de abril de 2021 y sus modificaciones, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, en la alternativa de postulación individual y colectiva para las tipologías de pequeño condominio, densificación predial y construcción en sitio propio, incluyendo el procedimiento de autoconstrucción asistida en los casos que procede;
g) La resolución exenta Nº 1.054 (V. y U.), de fecha 25 de junio de 2021 y sus modificaciones, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos en la Región Metropolitana;
h) La resolución exenta Nº 1.501 (V. y U.), de fecha 22 de septiembre de 2021, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de construcción en Nuevos Terrenos que se emplacen en las comunas de Valparaíso o Viña del Mar, en la Región de Valparaíso.
Considerando:
1. Que, las resoluciones exentas citadas en los vistos b), c), d), e), f), g) y h) de esta resolución han dispuesto para el año 2021, distintos procesos de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, estableciendo en el mes de noviembre, cada una de ellas, el último cierre para la presentación de proyectos;
2. La necesidad de aumentar el plazo inicialmente fijado para los procesos de selección de los llamados a los que se refieren las resoluciones exentas citadas en los vistos b), c), d), e), f), g), h), e i), debiéndose agregar una última fecha de cierre a los procesos dispuestos en cada uno de ellos, con el objetivo de favorecer la presentación de proyectos y la asignación de subsidios;
3. Que, es necesario modificar algunas condiciones del llamado a que se refiere la resolución citada en el visto f), precedente, con el fin de mejorar la estructura de financiamiento del llamado a postulación para las familias que postulan a las tipologías de Construcción en Sitio Propio, Densificación Predial y Pequeños Condominios, posibilitando con ello mejoras en las condiciones del desarrollo de los proyectos;
4. Los correos electrónicos de fecha 18 y 23 de noviembre de 2021, del Jefe de División de Política Habitacional y de la Jefa de División Jurídica, respectivamente, que dan cuenta de su conformidad con el tenor del presente acto administrativo.
Resuelvo:
1. Modifícase la resolución exenta Nº 224 (V. y U.), de 2021, en el sentido de reemplazar en su resuelvo 1, la expresión "y 30 de noviembre" por ", 30 de noviembre y 28 de diciembre".
2. Modifícase la resolución exenta Nº 325 (V. y U.), de 2021, en el siguiente sentido:
a. Sustitúyase en su suma la expresión "y noviembre", por "noviembre y diciembre".
b. Reemplázase en su resuelvo 1, la expresión "y 25 de noviembre" por ", 30 de noviembre y 28 de diciembre".
3. Modifícase la resolución exenta Nº 352 (V. y U.), de 2021, en el sentido de reemplazar en su resuelvo 1, la expresión "y 30 de noviembre" por ", 30 de noviembre y 28 de diciembre".
4. Modifícase la resolución exenta Nº 418 (V. y U.), de 2021, en el sentido de reemplazar en su resuelvo 1, la expresión "y 30 de noviembre" por ", 30 de noviembre y 28 de diciembre".
5. Modifícase la resolución exenta Nº 446 (V. y U.), de 2021, en el siguiente sentido:
a. Reemplázase en su resuelvo 1, la expresión "30 de noviembre" por "15 de diciembre".
b. Reemplázase la tabla inserta en el punto 5.1., del resuelvo 5., por la siguiente:

6. Modifícase la resolución exenta Nº 1.054 (V. y U.), de 2021, en el sentido de reemplazar en su resuelvo 1, la expresión "y 30 de noviembre" por ", 30 de noviembre y 28 de diciembre".
7. Modifícase la resolución exenta Nº 1.501 (V. y U.), de 2021, en el sentido de reemplazar en su resuelvo 1, la expresión "o al 30 de noviembre" por ", 30 de noviembre o al 28 de diciembre".
8. Establécese que las resoluciones exentas Nºs. 224, 325, 352, 418, 446, 1.054 y 1.501, todas de Vivienda y Urbanismo del año 2021, se mantendrán vigentes en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución.
Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Guillermo Rolando Vicente, Ministro de Vivienda y Urbanismo (S).
Lo que transcribo para su conocimiento.- Erwin Navarrete Saldivia, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo (S).