OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA MONLEONE SpA
    Santiago, 13 de agosto de 2021.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 159.

    Vistos:

    a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
    b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
    c) La resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
    d) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    e) El decreto supremo Nº 281, de 2001, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprueba Reglamento que fija procedimientos de Cálculo para el cobro de los Derechos por utilización del Espectro Radioeléctrico.
    f) Resolución exenta N° 1.752, de 1998, de esta Subsecretaría, que fija Norma Técnica para el Uso de las bandas de frecuencias para el Servicio Público de Transmisión de Datos Móvil por Satélite y sus modificaciones posteriores.

    Considerando:

    a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 40.665, de 11.03.2020, complementado por ingresos Subtel Nº 217.304, de 02.09.2020, N° 104.713, de 03.06.2021 y N° 120.719, de 02.07.2021.
    b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de concesión.

    Decreto:

    Otórgase una concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos, a la empresa Monleone SpA, RUT Nº 76.917.913-5, con domicilio en Badajoz N° 100, oficina 107, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:

    1. Autorízase a la concesionaria para operar y explotar Estaciones Terrenas Móviles, según se indica a continuación:

   
     
   

    2. La zona de servicio corresponderá al Territorio Nacional.
    3. El periodo de vigencia de la concesión será de 30 años, contados desde la publicación en el Diario Oficial del decreto que la autorice.
    4. Los plazos son los que se indican a continuación:

   

    5. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentado por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
    6. La concesionaria deberá informar, dentro de los primeros 5 días hábiles de los meses de febrero, junio y octubre de cada año, el número de estaciones en el sistema hasta el último día hábil del mes inmediatamente anterior a la presentación. En caso de no hacerlo, la Subsecretaria, procederá de acuerdo a los procedimientos de cálculo para el cobro de los derechos establecidos en el Reglamento respectivo, sobre la base de los antecedentes de que disponga u obtenga.
    7. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
     
    Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Gloria Hutt Hesse, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Francisco Moreno Guzmán, Subsecretario de Telecomunicaciones.

    CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
    División de Infraestructura y Regulación

    Cursa con alcance el decreto N° 159, de 2021, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones
    N° E154175/2021.- Santiago, 9 de noviembre de 2021.

    Esta Contraloría General ha dado curso al decreto de la suma, que otorga concesión de servicio público de transmisión de datos a la empresa que indica, pero cumple con precisar que la norma técnica para el uso de las bandas de frecuencias para el servicio móvil por satélite se encuentra fijada en la resolución exenta N° 2.163, de 2018, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, y no como se indica en la letra f) de los vistos del acto administrativo en examen.

    Saluda atentamente a Ud., Juan Carlos Lillo Valenzuela, Subjefe de División.

A la señora
Ministra de Transportes y Telecomunicaciones
Presente.