Artículo 7°.- En caso de que una solicitud de concesión definitiva de transporte considere varios puntos de origen y destino entre los que se proyecta realizar transporte de gas, deberán acompañarse los antecedentes y documentos indicados en los numerales cuarto, quinto, séptimo, octavo, noveno y décimo precedentes, para la ruta especificada para unir cada par de puntos de origen y destino.