1.1 Agrégase en el numeral 3°, Metrópoli de Concepción, lo siguiente:
     
    El sistema vial que interconecta los accesos a los puentes Bicentenario e Industrial, a través de: Avenida Ribera Sur, Violeta Parra y Avenida Ribera Sur.
     
    2.- Téngase presente que las calles o avenidas declaradas caminos públicos en el presente decreto, sólo se considerarán como tales para los efectos de lo dispuesto en la legislación sobre caminos públicos, sin que por ello pierdan sus características de vías urbanas, sujetas a las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza y de los Planes Reguladores, como lo ha declarado la Contraloría General de la República en el Dictamen N° 5207, de 2001, entre otros.