APRUEBA NÓMINA DE PLANES URBANOS HABITACIONALES E IMÁGENES OBJETIVOS DESARROLLADOS POR LAS SEREMIS V. Y U. Y SERVIUS REGIONALES
Santiago, 25 de noviembre de 2021.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 1.860 exenta.
Visto:
a. Lo dispuesto en la ley Nº 16.391, que crea el Ministerio de Vivienda y Urbanismo;
b. El DL Nº 1.305 de 1975, que Reestructura y Regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo;
c. La resolución exenta Nº 1.911 del 28 de diciembre de 2020, del Ministro de Vivienda y Urbanismo, que aprueba condiciones y procedimientos para la postulación y desarrollo de proyectos habitacionales en terrenos que corresponden a Planes Urbanos Habitacionales y fija condiciones para compromiso de terrenos;
d. Oficio Nº 225 del 18 de marzo de 2020, del Jefe de División Política Habitacional, donde da respuesta a solicitud de incorporación de la región del Plan Urbano Habitacional Puerto Aysén, de la Región de Aysén;
e. El oficio Nº 87 del 25 de febrero de 2021, del Jefe de División Política Habitacional y Jefe de División Desarrollo Urbano, donde solicitan actualizar imágenes objetivo y graficar la propuesta en los casos que corresponda para los Planes Urbanos Habitacionales;
f. Los oficios Nº 687 del 24 de marzo de 2021 del Seremi V. y U. Región de Valparaíso, Nº 410 del 24 de marzo de 2021 del Seremi V. y U. Región O'Higgins, Nº 341 del 30 de marzo de 2021 del Seremi V. y U. Región de Antofagasta, Nº 368 del 29 de abril de 2021 del Seremi V. y U. Región de Ñuble, Nº 266 del 30 de abril de 2021 del Seremi V. y U. Región de Tarapacá, Nº 1360 del 30 de abril de 2021 del Director Serviu Región del Maule, Nº 899 del 30 de abril de 2021 del Seremi V. y U. Región del Biobío, Nº 622 del 30 de abril del 2021 del Director Serviu Región de Magallanes, Nº 1422 del 10 de mayo de 2021 del Director Serviu Región Metropolitana, Nº 861 del 20 de julio de 2021 del Seremi V. y U. Región de Los Lagos, Nº 786 del 2 de septiembre de 2021 del Seremi V. y U. Región Atacama, Nº 385 del 2 de septiembre de 2021 del Seremi V. y U. Región de Aysén, Nº 827 del 7 de septiembre de 2021 del Seremi V. y U. Región de Los Ríos, Nº 1056 del 14 de septiembre de 2021 del Seremi V. y U. Región del Maule, Nº 3238 del 22 de septiembre de 2021 del Director Serviu Región de la Araucanía, Nº 3436 del 23 de septiembre de 2021 del Director Serviu Región de Arica y Parinacota, Nº 1137 del 16 de septiembre de 2021 del Seremi V. y U. Región de Coquimbo, Nº 3355 del 1 de octubre de 2021 del Director Serviu Región de Coquimbo que responden a la actualización de la imagen objetivo solicitada en oficio de visto precedente.
g. Los planes maestros de la Región Metropolitana formados anterior al 2019 que actuaron como precedente de los hoy Planes Urbanos Habitacionales como Las Viñitas, Santa Luisa, Maestranza San Eugenio y Jardines de Esmeralda;
h. El oficio Nº 201 del 12 de octubre de 2021, del Jefe de División Política Habitacional y Jefe de División Desarrollo Urbano, donde se instruye lineamientos para el Plan Urbano Habitacional La Chacra, Castro, Región de Los Lagos;
i. La resolución Nº 7, de 2018, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón, y
Considerando:
a) Que, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) ha definido entre sus objetivos la necesidad de promover el desarrollo de ciudades más equitativas, integradas y sustentables. En este contexto, los Planes Urbanos Habitacionales son una línea de acción del Minvu, cuyo fin es asegurar el correcto desarrollo urbano en los terrenos de propiedad Serviu de más de 5 ha, a través de una planificación que promueva la integración social en sus diferentes ámbitos y escalas, incorporando y resguardando suelo para equipamientos, espacios públicos y promoviendo la sostenibilidad de las intervenciones para entregar una mejor calidad de vida a las familias.
b) Que, a la fecha se han incorporado y actualizado, en el marco de oficios de incorporación y/o respuestas de las regiones al oficio Nº 87 del 25 de febrero de 2021, 44 Planes Urbanos Habitacionales, los que cuentan con el desarrollo de su imagen objetivo al 2021, correspondientes a las 16 regiones del país.
c) Que, a la fecha los Planes Urbanos Habitacionales mencionados en letra precedente, contemplan un desarrollo de 1.793 hectáreas y una cabida de 100.000 unidades habitacionales proyectadas.
d) Que, la División de Finanzas del Minvu, a través del Departamento de Control y Gestión, contempla, dentro del Plan Operativo anual con metas Ancla, a los Planes Urbanos Habitacionales como parte integrante de metas e indicadores, monitoreando su avance mensualmente.
e) Que, se requiere la formalización de los Planes Urbanos Habitacionales como instrumento para la gestión interna de los Serviu y Seremi, y su relación con otros sectores, para concretar los objetivos de dichos planes.
Resolución:
1. Apruébase la formalización de la siguiente nómina de Planes Urbanos Habitacionales (PUH)Resolución 380 EXENTA,
VIVIENDA
N° 2
D.O. 22.04.2026:
VIVIENDA
N° 2
D.O. 22.04.2026:
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2. Instrúyase la actualización y envío, de manera semestral, de la programación establecida mediante la Carta Gantt, para cada uno de los Planes Urbanos Habitacionales formalizados en lResolución 1866 EXENTA,
VIVIENDA
N° 2, ii
D.O. 14.11.2023a nómina anterior. Dicha actualización deberá remitirse mediante oficio de los Secretarios o las Secretarias Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo en conjunto con las Directoras o los Directores de los Servicios de Vivienda y Urbanización, dirigido al Jefe de División de Política Habitacional y al Jefe de División de Desarrollo Urbano de este Ministerio, según formato de Carta Gantt adjunto a este acto administrativo. Asimismo, se instruye, que las referidas autoridades regionales, con el objeto de apoyar la concreción y seguimiento del plan operativo de la Cartera de Planes Urbanos Habitacionales, envíen una copia del referido oficio, al correo electrónico del Equipo Técnico Nacional.
VIVIENDA
N° 2, ii
D.O. 14.11.2023a nómina anterior. Dicha actualización deberá remitirse mediante oficio de los Secretarios o las Secretarias Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo en conjunto con las Directoras o los Directores de los Servicios de Vivienda y Urbanización, dirigido al Jefe de División de Política Habitacional y al Jefe de División de Desarrollo Urbano de este Ministerio, según formato de Carta Gantt adjunto a este acto administrativo. Asimismo, se instruye, que las referidas autoridades regionales, con el objeto de apoyar la concreción y seguimiento del plan operativo de la Cartera de Planes Urbanos Habitacionales, envíen una copia del referido oficio, al correo electrónico del Equipo Técnico Nacional.
Anótese, publíquese y archívese.- Felipe Ward Edwards, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Guillermo Rolando Vicente, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.