Modifícase el decreto supremo (MDN) N°424, de fecha 12.Ago.2016, que crea, fija denominación, guarnición y dependencia orgánica de Brigada del Ejército y modifica denominación y dependencia orgánica de Unidades de Ejército de Chile que indica, a contar de la total tramitación del presente decreto supremo, en el sentido de:
1.- Cese, a contar de la total tramitación del presente decreto supremo, la Brigada "Maule", con asiento en la Guarnición de Concepción, dependiente de la II División Motorizada.
2.- Modificase el numeral 2 en el siguiente sentido:
a) En la letra a), reemplázase la frase "Regimiento N°6 "Chacabuco", del Coronel Marcial Pinto Agüero, con Guarnición en Concepción, dependiente de la Brigada "Maule""; por "Regimiento N°6 "Chacabuco", del Coronel Marcial Pinto Agüero, con Guarnición en Concepción, dependiente de la II División Motorizada".
b) En la letra b), reemplázase la frase "Regimiento N°9 "Chillán", del Comandante Juan Antonio Varas Pinochet, con Guarnición en Chillán, dependiente de la Brigada "Maule""; por "Regimiento N°9 "Chillán", del Comandante Juan Antonio Varas Pinochet, con Guarnición en Chillán, dependiente de la II División Motorizada".
c) En la letra c), reemplázase la frase "Regimiento N°16 "Talca", del Coronel José Silvestre Urizar Garfias, con Guarnición en Talca, dependiente de la Brigada "Maule""; por "Regimiento N°16 "Talca", del Coronel José Silvestre Urizar Garfias, con Guarnición en Talca, dependiente de la II División Motorizada".
3.- El Comandante en Jefe del Ejército, en uso de sus atribuciones, dispondrá mediante documentos ejecutivos internos, el desarrollo de las funciones y tareas derivadas del cese de funcionamiento de la Brigada "Maule", traspasando las responsabilidades de organización y funcionamiento a los Regimientos señalados en los literales a), b) y c) del numeral 2. precedente.
4.- Lo establecido en el presente decreto supremo, no afectará las plantas autorizadas del Ejército y no irrogará mayores gastos.