MODIFICACIÓN DE CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO TELEFÓNICO A LA COMPAÑÍA NACIONAL DE TELÉFONOS, TELEFÓNICA DEL SUR S.A.
     
    Santiago, 21 de octubre de 2021.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 666 exento.
     
    Vistos:
     
    a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
    b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
    c) La resolución N° 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
    d) El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    e) El decreto supremo Nº 216 de 1990, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores.
    f) El decreto exento Nº 79 de 2020, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que modificó la concesión, y sus modificaciones posteriores.
     
    Considerando:
     
    a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N° 154.785 de 08.09.2021.
    b) Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14º, de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15º y 16º de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.
     
    Decreto:
     
    Modifícase la concesión de Servicio Público Telefónico a la Compañía Nacional de Teléfonos, Telefónica del Sur S.A., RUT Nº 90.299.000-3, con domicilio en calle San Carlos N° 107, comuna de Valdivia, Región de Los Ríos, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
     
    1. Autorízase a la concesionaria para modificar los plazos de inicio y término de obras e inicio de servicio de la ampliación de la zona de servicio para la localidad de Nacimiento, autorizada por decreto exento N° 79 de 2020, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones según se indica a continuación:
     
    Para la Región del Biobío:
     
   
     
    Las demás características técnicas no consideradas en la presente solicitud de modificación, permanecerán inalterables, de conformidad al decreto exento señalado precedente, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.     
    2. Apruébase la solicitud presentada por la concesionaria, la documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
    3. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
     
    Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Gloria Hutt Hesse, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Francisco Moreno Guzmán, Subsecretario de Telecomunicaciones.