DECLARA CADUCIDAD DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA QUE INDICA
    Núm. 740 exento.- Santiago, 12 de noviembre de 2021.
     
    Vistos:
     
    a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
    b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley;
    c) La resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
    d) El decreto supremo Nº 126 de 1997 y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
    e) El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y
     
    Considerando:
     
    a) Que, mediante sentencia de 11 de junio de 2021, pronunciada en el procedimiento de cargo Rol N° 3.668 de 2019, se sancionó a sociedad Radioemisoras Fernando Zambra E.I.R.L., con la caducidad de la concesión otorgada por el decreto individualizado en la letra f) de los Vistos;
    b) Que, la sentencia señalada en el considerando anterior se encuentra firme o ejecutoriada, y
    c) Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 36º de la Ley, la caducidad debe declararse por decreto supremo, y en uso de mis atribuciones legales,
     
    Decreto:


    Declárase la caducidad de la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, para la localidad de Monte Patria, Región de Coquimbo, señal distintiva XQA-500, otorgada mediante el decreto individualizado en la letra f) de los Vistos, cuyo titular era sociedad Radiodiemisoras Fernando Zambra E.I.R.L., RUT 76.582.480-K.
     
    Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Gloria Hutt Hesse, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Francisco Moreno Guzmán, Subsecretario de Telecomunicaciones.