MODIFICA RESOLUCIÓN N° 1.817 EXENTA (V. Y U.), DE NOVIEMBRE DE 2021, QUE AUTORIZA A REALIZAR LLAMADO EN CONDICIONES ESPECIALES CON PROYECTO DESARROLLADO, EN LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA, PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DE LA TIPOLOGÍA CONSTRUCCIÓN EN SITIO DEL RESIDENTE, DEL PROGRAMA DE HABITABILIDAD RURAL REGULADO POR EL DS N° 10 (V. Y U.), DE 2015, Y SUS MODIFICACIONES, EN EL SENTIDO QUE INDICA
    Santiago, 17 de diciembre de 2021.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 2.006 exenta.
     
    Visto:
     
    1) El decreto supremo N° 10 (V. y U.), 2015, que reglamenta el Programa de Habitabilidad Rural, en especial sus artículos 36 y 38.
    2) La resolución exenta N° 68 (V. y U.), de fecha 22 de enero de 2021, y sus modificaciones, que autoriza a efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2021, el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de recursos destinados, entre otros, a la atención a través del programa regulado por el DS N° 10 (V. y U.), de 2015.
    3) La resolución exenta N° 1.817 (V. y U.), de fecha 18 de noviembre de 2021, que autoriza a la Seremi Región de La Araucanía, a efectuar un Llamado a postulación en condiciones especiales, para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Programa de Habitabilidad Rural, en la tipología Construcción en Sitio del Residente.
     
    Considerando:
     
    1) La necesidad de establecer condiciones de postulación, selección y operación específicas para la Tipología de Proyectos de Construcción en Sitio del Residente, del Programa Habitabilidad Rural, regulado por el DS N° 10 (V. y U.), de 2015, en especial las facultades conferidas en sus artículos 36 y 38, con el objeto de garantizar una adecuada atención a la demanda existente, en consideración a la alerta sanitaria decretada producto de la pandemia por COVID-19 que afecta a todo el territorio de Chile. Por lo anterior, se ha considerado ampliar el período de postulación, postergando la fecha de cierre de tal período.
    2) Los correos electrónicos de fecha 17 de diciembre de 2021, de los jefes de la División de Política Habitacional y de la División Jurídica, respectivamente, que dan cuenta de su conformidad con el tenor del presente acto administrativo, dicto la siguiente:
     
    Resolución:


    1. Modifícase la resolución N° 1.817 (V. y U.), de fecha 18 de noviembre de 2021, en el sentido de reemplazar en el resuelvo 1 el guarismo "17" por el guarismo "30".
    2. Manténgase la resolución exenta N° 1.817 (V. y U.), de fecha 18 de noviembre de 2021, en todo lo no modificado por el presente acto administrativo.
     

    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Felipe Ward Edwards, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Guillermo Rolando Vicente, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.