MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE TEMUCO CHICO
Núm. 741 exento.- Santiago, 12 de noviembre de 2021.
Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) La resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
d) El decreto supremo Nº 126 de 1997 y sus modificaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
e) El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones;
f) La resolución exenta Nº 479 de 1999 y sus modificaciones, de la Subsecretaría, que fija norma técnica para el servicio de radiodifusión sonora; y
g) El decreto supremo Nº 104 de 13.06.2018, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión.
Considerando:
a) La solicitud de modificación, ingreso Subtel Nº 97.818 de 15.05.2020, complementada por ingreso Subtel Nº 306.708 de 16.12.2020; y
b) Que no se formularon oposiciones a la solicitud de modificación referida en la letra a) precedente.
Decreto:
1. Modifícase la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, para la localidad de Temuco Chico, Región de la Araucanía, señal distintiva XQC-658, otorgada mediante decreto supremo mencionado en la letra g) de los vistos, cuyo titular es Comunicaciones e Inversiones Santa María Limitada, RUT Nº 76.023.875-9, con domicilio en Julio Sepúlveda Nº1193, comuna de Angol, Región de la Araucanía, en adelante la concesionaria, en los términos que a continuación se indican.
2. Apruébese el proyecto técnico contenido en la solicitud de modificación presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría.
3. Autorízase a la concesionaria para cambiar de ubicación el estudio principal y la planta transmisora, y cambiar las características técnicas del sistema radiante, en los términos que a continuación se señalan:
Estudio Principal y Planta Transmisora:
- Dirección : Arturo Prat
Nº 72, Los Álamos,
Región del Biobío.
- Coordenadas Geográficas: 37º 40' 10"
Latitud Sur;
73º 23' 26"
Longitud Oeste.
Datum WGS 84.
Sistema Radiante:
- Polarización : Vertical.
- Tipo de antena : Dipolo.
- Ganancia antena : 8,2 dBd. de
ganancia máxima
- Nº antenas : 6.
- Altura centro de
radiación : 27 metros.
- Pérdidas (cables,
conectores) : 0,8502 dB.
- Pérdidas (divisor de
potencia) : 0,3 dB.
- Arreglo de antenas:
- Largo cable alimentador: 30 metros.
- Diagrama de radiación horizontal, de acuerdo a la siguiente tabla:
4. El presente decreto de modificación deberá publicarse en el Diario Oficial, dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación a la concesionaria. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23º de la ley.
5. Los plazos serán los que se indican a continuación:
- Inicio de obras : 10 días.
- Término de obras : 30 días.
- Inicio de servicio : 90 días.
Todos estos plazos se contarán a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del presente decreto.
6. La concesionaria no podrá iniciar los servicios que comprende la presente modificación, sin que las obras e instalaciones hayan sido previamente autorizadas por la Subsecretaría. Para tales efectos, la concesionaria deberá solicitar por escrito la recepción de sus obras e instalaciones, la que se otorgará al comprobarse que éstas se encuentran correctamente ejecutadas y que correspondan al respectivo proyecto técnico aprobado.
7. La concesionaria estará afecta al pago de derechos por la utilización del espectro radioeléctrico, a contar de la fecha en que se le notifique por carta certificada que se encuentra totalmente tramitado por parte del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones el presente decreto.
8. Es obligación de la concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, sus reglamentos, normas técnicas y sus respectivas modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Gloria Hutt Hesse, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Francisco Moreno Guzmán, Subsecretario de Telecomunicaciones.