Artículo 2.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo único de la ley Nº 19.648, que otorga titularidad en el cargo a profesores contratados a plazo fijo por más de tres años:
1. Reemplázase el guarismo "2018" por "2021".
2. Elimínanse las palabras "de aula".
3. Elimínase la oración final, del siguiente tenor: "La titularidad de las horas a contrata operará sólo respecto de aquellas contratadas en aula y sus correspondientes horas no lectivas.".