MODIFICACIÓN DE CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA CLARO CHILE S.A.

     
    Santiago, 14 de octubre de 2021.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 646 exento.
     
    Vistos:
     
    a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
    b) La Ley Nº 18.168 de 1982, Ley General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley.
    c) La resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
    d) El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    e) El decreto supremo Nº 168 de 1984, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión y sus modificaciones posteriores.
     
    Considerando:
     
    a) Lo solicitado por la interesada, mediante ingreso Subtel Nº 131.663 de 23.07.2021.
    b) Que la solicitud contiene elementos no contemplados en el inciso quinto del artículo 14º, de la Ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15º y 16º de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.
     
    Resuelvo:
     
    Modifícase la concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos, otorgada a la empresa Claro Chile S.A., RUT Nº 96.799.250-K, con domicilio en Av. El Salto Nº 5450, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
     
    1. Autorízase a la concesionaria para rectificar la dirección y comuna de dos (2) nodos de la red IP-MPLS, autorizados mediante decreto exento Nº 203 de 2016, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, según se indica a continuación:
     
   
     
    Las demás características técnicas, no consideradas en la presente modificación, permanecerán inalterables, de conformidad al decreto señalado precedentemente, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
     
    2. Apruébese la solicitud presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
    3. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
     

    Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Gloria Hutt Hesse, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Francisco Moreno Guzmán, Subsecretario de Telecomunicaciones.