LEY NÚM. 21.404
DECLARA CORRECTAMENTE CONCEDIDO EL BENEFICIO QUE INDICA
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley iniciado en una moción de los Honorables senadores señor Francisco Chahuán Chahuán, señoras Carolina Goic Boroevic y Ena Von Baer Jahn, y señores Guido Girardi Lavín y Rabindranath Quinteros Lara,
Proyecto de ley:
"Artículo único.- Declárase correctamente concedido por parte de los establecimientos dependientes de los Servicios de Salud, el otorgamiento y el financiamiento de alimentación a los funcionarios que indica el artículo 36 de la ley N° 20.799, que otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, y concede otros beneficios que indica, efectuado con anterioridad al 1 de diciembre de 2014.".
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.
Santiago, 20 de diciembre de 2021.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Enrique Paris Mancilla, Ministro de Salud.- Rodrigo Cerda Norambuena, Ministro de Hacienda.
Transcribo para su conocimiento ley Nº 21.404 - 20 de diciembre de 2021.- Por orden de la Subsecretaria de Salud Pública.- Saluda atentamente a Ud., Marcelo Olivares, Jefe (S) de la División Jurídica, Ministerio de Salud.