APRUEBA PROCEDIMIENTOS PARA AUTORIZACIONES IGUAL O MENOR A 100 UF, POR USO DE LOCACIONES AL INTERIOR DEL PARQUE METROPOLITANO DE SANTIAGO, Y DELEGA FACULTADES QUE INDICA

    Núm. 1.420 exenta.- Santiago, 15 de diciembre de 2021.
     
    Vistos:
     
    a) La necesidad del Parque Metropolitano de Santiago de normar y regular las autorizaciones iguales o menor a 100 UF, por arriendos de locaciones al interior del Servicio.
    b) El artículo 41 de la Ley N° 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, que regula la delegación de funciones.
    c) La resolución exenta N° 1.588, de fecha 21 de diciembre de 2020, que Aprueba Tarifas para el uso o arriendo temporal de las Dependencias de Parque Metropolitano de Santiago y deja sin efecto las resoluciones exentas que en ella se indican.
    d) El formato tipo de Carta de compromiso por uso de locación por monto igual o menor a 100 UF.
    e) El formato tipo de Autorización de uso de locación autorizada por el Encargado de la Sección Operaciones o su respectivo subrogante.
    f) El Procedimiento para autorización a empresas, particular y/o productora al interior de Parquemet.
    g) La resolución exenta N° 1.132 de fecha 29 de octubre de 2021, que aprueba la Guía de Obligaciones y Buenas Prácticas Medioambientales para Eventos, Activaciones y Actividades realizadas al interior del Parque Metropolitano de Santiago y su Red de Parques.
    h) Las resoluciones N° 7, de fecha 26 de marzo de 2019 y N° 16, de fecha 30 de noviembre de 2020, ambas de la Contraloría General de la República sobre exención de toma de Razón.
    i) Las facultades y atribuciones contempladas en el DS N° 891 de 1966, del Ministerio del Interior, lo indicado en el artículo N° 13 de la ley 16.582 de 1966, las resoluciones N° 11 de 30 de junio de 1976 y N° 1.072 de 3 de julio de 1980, ambas de la Dirección del Serviu Metropolitano y Urbanismo, y el DS N° 11 de fecha 13 de marzo de 2019, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
     
    Considerando:
     
    a) Que, el Parque Metropolitano de Santiago es un Servicio Público que aporta a la felicidad de las personas a través de Parques Urbanos de alto estándar, brindando un lugar para el esparcimiento, cultura, deporte y educación medioambiental, permitiendo la conexión de las personas con la naturaleza, así como la integración social en un entorno seguro y cordial y que podrá ser explotado comercial e industrialmente para la consecución de aquellos objetivos y para mejorar sus servicios.
    b) Que, existen actividades que requieren su rápida ejecución y que el plazo que entregan los clientes a sus productoras para gestionar la solicitud de la locación, es de plazos muy acotados y el valor de arriendo para este tipo de solicitudes no supera las 100 UF.
    c) Que, dado lo anterior requieren una rápida autorización por este Servicio, a través de la Sección de Operaciones a través Unidad de Eventos y Activación.
    d) Que, por la misma razón y considerando que los tiempos administrativos para obtener el acto aprobatorio firmado se requiere mínimo una semana de anticipación y con la finalidad de dar la oportunidad de arriendo a empresas, particulares, y/o productores, se crea para este tipo de solicitudes: Procedimiento, Carta de compromiso de uso de locación, autorización por parte del Encargado de la Sección de Operaciones gestionada a través de la Unidad de Eventos y Activación.
    e) Que, atendida la naturaleza de las autorizaciones de uso de locaciones cuyo valor sea igual o inferior a 100 Unidades de Fomento a la fecha de la autorización, resulta más eficiente que ésta sea autorizada directamente por el Encargado de la Sección de Operaciones, previo visto bueno del encargado de la Unidad de Eventos y Activación dependiente de dicha sección, resulta conveniente que el Jefe de Servicio delegue dicha facultad en el encargado de la Sección de Operaciones a quien por este acto se delegará dicha potestad.
     
    Resuelvo:
     
    1° Apruébase, el procedimiento de autorización de requerimientos para uso de locación del Parque Metropolitano de Santiago (cerro San Cristóbal) iguales o inferiores a 100 Unidades de Fomento según lo dispone el tarifario vigente aprobado mediante resolución exenta N° 1.588 de fecha 21 de diciembre de 2020, la Carta de Compromiso de uso que firmarán los solicitantes y el formato autorización de uso tipo que emitirá y firmará el Encargado de Sección de Operaciones que a continuación se transcriben:
     
    A) PROCEDIMIENTO AUTORIZACIÓN DE REQUERIMIENTOS PARA USO DE LOCACIÓN DEL PARQUE METROPOLITANO DE SANTIAGO (CERRO SAN CRISTÓBAL) IGUALES O INFERIORES A 100 UNIDADES DE FOMENTO
     
    Para poder gestionar esta autorización el requirente que solicite el uso de espacio al interior del Parque Metropolitano de Santiago, deberá realizar el siguiente proceso:
     
    1) Ámbito aplicación: El presente procedimiento se aplicará a todas aquellas solicitudes de uso de locaciones cuyo valor de acuerdo al tarifario vigente sean iguales o inferiores a 100 UF.
    2) Ingreso solicitud: Transitoriamente, las solicitudes deberán ingresar mediante la plataforma Ley del Lobby, cuyo acceso directo se encuentra disponible en la página web del Servicio www.parquemet.cl y deben ir dirigidas al Encargado/a de la Unidad de Eventos y Activación o a quien lo subrogue, mientras se habilita link trámites en línea en página web de Parque Metropolitano de Santiago, el cual estará disponible dentro del primer semestre del año 2022 y se comunicará oportunamente.
    3) Revisión de solicitud: La revisión de la solicitud estará a cargo del Encargado/a de la Unidad de Eventos y Activación o quien lo subrogue, quien analizará los antecedentes y determinará si la solicitud se ajusta a los fines institucionales y existe disponibilidad de la locación para determinar si es aceptada o rechazada.
     
    . Si se rechaza: El Encargado de la Unidad de Eventos y Activación o quien lo subrogue enviará un correo electrónico al requirente, explicando el motivo del rechazo de su solicitud el que se basa en razones objetivas tales como falta de locación disponible, la naturaleza de la actividad no se ajusta a los objetivos del Servicio, etc.
    . Si es aceptada: El Encargado de la Unidad de Eventos y Activación o quien lo subrogue, derivará solicitud al Jefe de la Sección Operaciones para su V°B°.
     
    4) Carta compromiso: Una vez devuelta la solicitud con el V°B° del Jefe de Sección, se enviará al requirente la carta de compromiso, la Guía de obligaciones y buenas prácticas medioambientales para la realización de eventos, activaciones y actividades y el sistema de pago anticipado por el uso de la locación. El pago podrá realizarse vía transferencia electrónica, tal como se señala en carta compromiso, para todas aquellas activaciones o eventos que sean equivalentes a 30 Unidades de Fomento o menor a este monto.
    Excepcionalmente, se podrá autorizar que el pago por uso de locaciones, cuyo valor total supere las 30 Unidades de Fomento, y que no supere las 100 Unidades de Fomento, se efectúe mediante entrega de contraprestaciones consistentes en bienes y/o servicios; los que deberán estar claramente especificados y valorizados al momento de realizar la autorización, ajustándose al valor del mercado y compatible con los fines del Servicio.
    5) En el caso que el monto a pagar por el uso de locaciones al interior de Parque Metropolitano sea superior a 100 Unidades de Fomento, se requerirá la dictación de acto administrativo respectivo.
    6) Remisión de Comprobantes de pago: Envío por parte del requirente mediante correo electrónico a la Unidad de Eventos y Activación, según lo señalado en carta compromiso.
    7) Obligaciones de seguridad tales como:
     
    a) Deberá cumplir con las normas de seguridad establecidas por el Parque Metropolitano de Santiago, especialmente en materia de segregación vial, normas para ciclistas y la prohibición de acceso de vehículos.
    b) No podrá interferir en los caminos principales, dejando la vía despejada para el tránsito de vehículos de emergencia (Ambulancia, Carabineros, Bomberos), vehículos fiscales y personal del Servicio.
     
    8) Obligaciones medioambientales y de sustentabilidad: Deberá respetar y cumplir la Guía de obligaciones y buenas prácticas medioambientales para la realización de eventos, activaciones y actividades realizadas al interior del Parque Metropolitano de Santiago y su Red de Parques Urbanos. Para tal efecto deberá completar el formulario respectivo que contiene la guía.
    9) Condiciones de uso de locación, tales como:
     
    a) Deberá cumplir con las normas de seguridad establecidas por el Parque Metropolitano de Santiago, segregación vial y normas para ciclistas, específicamente se hace mención a la prohibición de acceso de vehículos.
    b) No podrá interferir en los caminos principales, dejando la vía despejada para el tránsito de vehículos de emergencia (Ambulancia, Carabineros, Bomberos), vehículos fiscales y personal del Servicio.
    c) Para los casos que se requiera el ingreso de vehículos, estos solo podrán ingresar y no circular dentro del Servicio y se podrán retirar antes del inicio del horario de segregación vial o posterior a este.
    d) Deberá informar el equipo de producción antes de la fecha autorizada, si fuera el caso.
    e) No podrá hacer uso de otro espacio, que no sea el autorizado.
    f) No podrá exceder el horario autorizado.
    g) Deberá tener una actitud respetuosa con el personal del Servicio, visitantes y usuarios del parque.
    h) Entregar el espacio de uso autorizado en las mismas condiciones iniciales de aseo, retirando la basura del lugar, depositándola en contenedores externos a los del Servicio. Para las áreas de jardines tener especial cuidado de las especies nativas y áreas verdes en general y cumplir con las obligaciones que señale el formulario respectivo.
    i) Se deberán respetar todas las medidas de seguridad y sanitarias relativas al COVID-19, respetando los aforos señalados por la autoridad sanitaria; el uso de mascarillas para el personal que participe en la actividad; el distanciamiento social recomendado y el lavado frecuente con agua o alcohol gel y todas aquellas medidas que se encuentren vigentes al momento de realizarse la actividad.
     
    10) Fiscalización de la actividad: El/La funcionario/a de la unidad de activación y eventos a quien su jefatura directa asigne tareas de coordinador operativo de la actividad será el encargado de fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones y derechos que contempla la autorización y la recepción en óptimas condiciones de la locación.
    11) Suspensión en caso de fuerza mayor o caso fortuito. El/La Encargado/a de la Sección Operaciones o su subrogante, o el/la Encargado/a de la Unidad de Eventos y Activación, podrá suspender la actividad para la cual se solicitó el uso de locación del parque o reagendarla para una nueva fecha siempre y cuando se funde en caso fortuito o fuerza mayor, en los términos previstos en nuestra legislación y se adjunten los antecedentes suficientes, los que serán calificados por el Servicio.
     
    B) FORMATO TIPO CARTA DE COMPROMISO DE USO LOCACIÓN:
CARTA COMPROMISO POR USO LOCACIÓN
EN PARQUE METROPOLITANO DE SANTIAGO
PAGO DE AUTORIZACIÓN VÍA TRANSFERENCIA O POR CONTRAPRESTACIÓN
(monto igual o menor a 100 UF)
     
   
     
    Me comprometo a realizar el pago que me fije, de acuerdo al tarifario vigente, el Parque Metropolitano de Santiago por hacer uso de las locaciones ya sea a través de transferencia electrónica a la cuenta Cte. N° 9003843 de Banco Estado a nombre del Parque Metropolitano de Santiago, RUT: 61.809.000-0, realizada con al menos dos días de antelación a la actividad. Las tarifas están fijadas en Unidades de Fomento, por tanto, el pago deberá efectuarse al valor de la UF del día de la transferencia o si el Parque Metropolitano de Santiago lo autoriza a pagar mediante entrega de contraprestaciones consistentes en bienes y/o servicios, los que deberán corresponder al valor fijado en el tarifario respectivo para el uso de la locación y estar claramente especificados y valorizados al momento de realizar la autorización.
    Me obligo a enviar el comprobante del pago a la Unidad de Eventos y Activación al correo eventos@parquemet.cl, ya sea que el pago sea por transferencia electrónica o por medio de la contraprestación requerida, el cual deberá incluir el detalle de la actividad a realizar el día ___ el mes ___  del año ___ en horario de ___ a ___.
    Asimismo, me comprometo a cumplir fielmente las siguientes obligaciones:
     
    I. Obligaciones de seguridad y uso de locaciones:
     
    a) Cumplir con las normas de seguridad establecidas por el Parque Metropolitano de Santiago, segregación vial y normas para ciclistas, específicamente se hace mención a la prohibición de acceso de vehículos.
    b) No interferir en los caminos principales, dejando la vía despejada para el tránsito de vehículos de emergencia (ambulancia, carabineros, bomberos), vehículos fiscales y personal del Servicio.
    c) Para los casos que se requiera el ingreso de vehículos, estos solo podrán ingresar y no circular dentro del Servicio y se podrán retirar antes del inicio del horario de segregación vial o posterior a este.
    d) Informar el equipo de producción antes de la fecha autorizada, si fuera el caso.
    e) No hacer uso de otro espacio, que no sea el autorizado.
    f) No exceder el horario autorizado.
    g) Tener una actitud respetuosa con el personal del Servicio, visitantes y usuarios del parque.
    h) Entregar el espacio de uso autorizado en las mismas condiciones iniciales de aseo, retirando la basura del lugar, depositándola en contenedores externos a los del Servicio. Para las áreas de jardines tener especial cuidado de las especies nativas y áreas verdes en general y cumplir con las obligaciones que señale el formulario respectivo.
    i) Respetar todas las medidas de seguridad y sanitarias relativas al COVID-19, respetando los aforos señalados por la autoridad sanitaria; el uso de mascarillas para el personal que participe en la actividad; el distanciamiento social recomendado y el lavado frecuente con agua o alcohol gel y todas aquellas medidas que se encuentren vigentes al momento de realizarse la actividad.
     
    II. Obligaciones de Buenas Prácticas medioambientales:
     
    Respetar y cumplir la Guía de obligaciones y buenas prácticas medioambientales para la realización de eventos, activaciones y actividades realizadas al interior del Parque Metropolitano de Santiago y su Red de Parques Urbanos, el cual se enviará a los interesados vía correo electrónico, por parte de la Unidad de Eventos y Activación. Para tal efecto deberé completar el formulado respectivo que contiene la guía.
    Suspensión en caso de fuerza mayor o caso fortuito. Será susceptible de suspender la actividad para la cual se solicitó el uso de locación del parque y reagendarla para una nueva fecha siempre y cuando se funde en caso fortuito o fuerza mayor, en los términos previstos en nuestra legislación y se adjunten los antecedentes suficientes, los que serán calificados por el Servicio.
    Declaro conocer y que debo cumplir todas las obligaciones relativas al uso de locaciones en el Parquemet, que me han informado previamente y en el caso que no remita la información del pago en el plazo señalado el Parque Metropolitano de Santiago, podrá suspender la autorización para efectuar el evento en las locaciones del parque sin derecho a ningún tipo de indemnización.
     
____________________
Nombre y Firma
Representante Legal
Rut:
___________________________
Vb encargado de sección operaciones.
Parque Metropolitano de Santiago
     
    C) FORMATO TIPO DE AUTORIZACIÓN REQUERIMIENTOS PARA USO DE LOCACIÓN DEL PARQUE METROPOLITANO DE SANTIAGO (CERRO SAN CRISTÓBAL) IGUALES O INFERIORES A 100 UNIDADES DE FOMENTO.
     
    AUTORIZACIÓN USO DE LOCACIÓN
    EN PARQUE METROPOLITANO DE SANTIAGO
    (monto igual o menor a 100 UF)
     
   
     
    La autorización implica los siguientes aspectos: Respecto del Pago:
     
    A.- Pagar el monto total de ___ UF en su equivalente en pesos, por transferencia electrónica en la cuanta Cte. N° 9003843 de Banco Estado a nombre del Parque Metropolitano de Santiago, RUT: 61.809.000-0, hasta las 16:00 horas del día ___.
    El comprobante de esta transferencia bancaria se debe remitir a la Unidad de Eventos y Activación al correo eventos@parquemet.cl
     
    B.- Pagar el monto total de ___ UF, por medio de contraprestación de bienes y/o servicios, consistentes en ___, adjuntando las facturas y acta de recepción conforme del Encargado de la Unidad de Eventos y Activación, la cual se realizará el día ___ del mes de ___ del año ___ en horario desde ___ hasta las ___ horas. La contraprestación se destinará en beneficio directo de los usuarios y estará a cargo al ___ (indicar dependencia del PMS al que se asignará) y el funcionario responsable de su cuidado será ___.
     
    Otras Obligaciones:
     
    El solicitante estará obligado a cumplir todos los compromisos indicados en la "CARTA COMPROMISO POR USO LOCACIÓN EN PARQUE METROPOLITANO DE SANTIAGO", que ha suscrito y además todas aquellas obligaciones e instrucciones que el Servicio le informe a través de la Unidad de eventos y activaciones por escrito antes de la ejecución del evento.
     
    Fiscalización de la actividad: El funcionario/a de la Unidad de Eventos y Activación que sea designado por su jefatura directa como coordinador/a operativo/a de la actividad, será el encargado/a de fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones que contempla la autorización y la recepción en óptimas condiciones del lugar utilizado; como también coordinarse oportunamente con todas las áreas internas del Servicio para su adecuado funcionamiento.
     
    _____________________________________
    ENCARGADO/A SECCIÓN OPERACIONES
    PARQUE METROPOLITANO DE SANTIAGO
     
    RResolución 536 EXENTA,
VIVIENDA
N° 2
D.O. 09.06.2023
esuelvo N° 2: Deléguese en el/la funcionario/a designado/a como Encargado/a de la Sección de Eventos y Activación del Servicio la facultad de autorizar mediante su visto bueno y firma que conste en formato tipo señalado en el resuelvo anterior el uso de locación del Parque Metropolitano de Santiago cuyo valor total sea igual o inferior a 100 Unidades de Fomento a la fecha de la autorización, según lo estipulado en el tarifario vigente. Se autoriza expresamente a este tipo de autorizaciones para no exigir garantías por el uso del recinto.
    Asimismo, en todas las menciones realizadas en la resolución exenta N° 1.420, de fecha 15 de diciembre de 2021, referidas al Encargado de la Sección Operaciones, debe entenderse realizada al Encargado de la Sección de Eventos y Activación. De igual manera, en todas las menciones que se efectúen a la Unidad de Eventos y Activación, debe entenderse realizada a la Sección de Eventos y Activación.
    3° Autorícese y ordénese al Departamento de Finanzas para que a través de Tesorería del Servicio recaude el pago de dicho uso con la emisión del formulario denominado carta de compromiso, de uso firmado por el solicitante, el que deberá contar con el V°B° del Encargado de la Unidad de Operaciones y Activación del Servicio, y una vez pagado se le deberá adjuntar copia de la autorización requerimiento para uso de locación del Parque Metropolitano de Santiago (Cerro San Cristóbal) iguales o inferiores a 100 unidades de fomento firmada por el Encargado de la Sección Operaciones. En el caso de pago mediante contraprestación en especies deberá adoptar las medidas para el efectivo control de los bienes; estos podrán ser asignados a las áreas institucionales que indique la autorización respectiva.
    4° Publíquese por la Unidad de Eventos y Activación, la presente resolución exenta en el Diario Oficial.
    5° Publíquese en el Banner de Transparencia Activa del Servicio por la Encargada de Transparencia Activa previa remisión de los antecedentes del acto totalmente tramitado y publicado en el Diario Oficial por parte de la abogada Madelyn Casareggio, funcionaria de la División Jurídica.



    Anótese y comuníquese.- Martín Andrade Ruiz-Tagle, Director Parque Metropolitano de Santiago.