1.- Modifíquese el decreto supremo Nº 203, de 2013, del Ministerio de Obras Públicas, que aprueba el Reglamento Sobre Normas de Exploración y Explotación de Aguas Subterráneas, en el siguiente sentido:
     
    a. Reemplázase, en el inciso 1º del artículo 35, la frase "se hayan constituido derechos de aprovechamiento de aguas que comprometen", por la frase "la demanda comprometida iguale o supere".
    b. Intercálese, en la letra a) del artículo 54, a continuación de la expresión "a los artículos", la frase "147 bis inciso 3º del Código de Aguas y".