MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO Decreto 734 EXENTO,
TRANSPORTES
N° 2 a)
D.O. 02.12.2022
DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA VTR COMUNICACIONES SpA
     
    Santiago, 21 de diciembre de 2021.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 834 exento.
     
    Vistos:
     
    a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante "la Subsecretaría".
    b) La Ley Nº 18.168, Ley General de Telecomunicaciones, en adelante "la Ley".
    c) El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que faculta al Ministro de Transportes y Telecomunicaciones para firmar "Por orden de la Presidenta de la República".
    d) El decreto supremo Nº 353 de 2001, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Reglamento del Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones, y sus modificaciones.
    e) La resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
    f) La resolución afecta Nº 16, de fecha 12.02.2013, de la Subsecretaría, que aprueba las Bases Generales para Concursos Públicos para la Asignación de Proyectos y sus respectivos Subsidios, correspondientes al Programa Anual de Proyectos Subsidiables del Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones.
    g) La resolución afecta Nº 2, de fecha 20.04.2020, de la Subsecretaría, que aprueba las Bases Específicas para el Concurso Público "Conectividad para la Educación 2030", Código: FDT-2019-04, modificada mediante resolución afecta Nº 4, de fecha 08.07.2020, de la misma Subsecretaría.
    h) Las Sesiones LV y LIX, del Consejo de Desarrollo de las Telecomunicaciones, de fechas 29.01.2019 y 15.01.2020, respectivamente, que autorizan el llamado a Concurso Público del literal g) de los Vistos y fija el monto máximo de Subsidio para la asignación del mismo.
    i) La resolución exenta Nº 1.003, modificada por la resolución exenta Nº 1.201, ambas de 2020 y de la Subsecretaría, que aprueba el Informe de Respuestas a las Consultas y Aclaraciones formuladas a las Bases Generales y Específicas del Concurso Público de los literales f) y g) de los Vistos, respectivamente.
    j) Los ingresos Subtel Nº 187.252, Nº 186.693, Nº 187.256 y Nº 186.762, todos de fecha 05.08.2020, por los cuales VTR Comunicaciones SpA presenta su Propuesta al Concurso Público del literal g) de los Vistos, para la Zona 1.
    k) Los ingresos Subtel Nº 249.556, Nº 249.557 y Nº 249.558, todos de fecha 05.10.2020, por los cuales VTR Comunicaciones SpA da respuesta a los primeros requerimientos aclaratorios formulados por Subtel a su Propuesta del literal j) de los Vistos.
    l) Los ingresos Subtel Nº 278.129 y Nº 278.164, ambos de fecha 06.11.2020 y Nº 283.766, de fecha 13.11.2020, por los cuales VTR Comunicaciones SpA, da respuesta a los segundos requerimientos aclaratorios formulados por Subtel a su Propuesta del literal j) y los ingresos Subtel del literal k), ambos de los Vistos, correspondientes a los "Set A" y "Set B", respectivamente.
    m) El oficio Ord. Nº 19.852/GFDT Nº 449, de fecha 18.12.2020, de la Subsecretaría, por el cual se comunica a VTR Comunicaciones SpA la adjudicación de su Propuesta de los literales j), k) y l) de los Vistos, para la Zona 1 del Concurso Público del literal g) de los Vistos.
    n) El decreto supremo Nº 133 de 2021, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión para la Zona 1 del Concurso Público del literal g) de los Vistos.
     
    Considerando:
     
    a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 190.593 de 23.11.2021.
    b) Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14º, de la Ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15º y 16º de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.
    c) El informe Técnico de fecha Decreto 734 EXENTO,
TRANSPORTES
N° 2 b)
D.O. 02.12.2022
7 de diciembre de 2021, elaborado por el Departamento de Ingeniería de la Gerencia del Fondo de Telecomunicaciones, que da cuenta que la solicitud del Ingreso del considerando a) no presenta un detrimento al Proyecto Comprometido para la Zona 1, autorizado mediante decreto supremo del literal n) de los Vistos.
     
    Decreto:

     
    Modifícase la concesión de Servicio Público Telefónico, señalada en la letra n) de los Vistos otorgada a la empresa VTR Comunicaciones SpA, RUT Nº 76.114.143-0, con domicilio en Av. Apoquindo Nº 4800, piso 14, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
     
    1. Autorízase a remplazar la Tecnología de acceso de los EES (RBD) autorizados mediante decreto supremo Nº 133 de 2021, según se indica a continuación:
     
   
    2. Eliminar los siguientes tramos de fibra óptica, correspondiente a la red de transporte autorizados en el punto 1.1 autorizados mediante decreto supremo Nº 133 de 2021, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, según se indica a continuación:
     
   
     
    3. Instalar, operar y explotar los siguientes tramos de Fibra Óptica, correspondiente a la red de transporte, según se indica a continuación:
     
   
     
    4. Eliminar los siguientes Nodos de Fibra Óptica, autorizados, correspondientes a la red de acceso del punto 1.2 autorizados mediante decreto supremo Nº 133 de 2021, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, según se indica a continuación:
     
   
     
    5. Instalar, operar y explotar los siguientes Nodos de Fibra Óptica, correspondiente a la red de acceso, según se indica a continuación:
     
   
     
    6. Reemplazar el Nodo de supervisión del Servicio de Conectividad en las EES que pertenezcan a la Zona 1, del punto 4 autorizados mediante decreto supremo Nº 133 de 2021 y del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, por el NOC que tiene actualmente ubicado en Colombia, el que mantendrá en coordinación con un equipo local ubicado en Chile, en la siguiente dirección:
     
   
     
    7. Apruébese el Proyecto Comprometido, base de la solicitud presentada por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría.
    8. El Periodo de Obligatoriedad de las Exigencias de las Bases terminará el 31 de diciembre de 2029; durante este periodo, la concesionaria deberá cumplir con las exigencias de las Bases de Concurso, lo comprometido en la Propuesta y con los términos de la asignación, todos indicados en los literales f), g), i), j), k) y l) de los Vistos.
    Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Gloria Hutt Hesse, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Francisco Moreno Guzmán, Subsecretario de Telecomunicaciones.