1. Modifícase la resolución exenta Nº 1.043 (V. y U.), de 2021, en el siguiente sentido:
a. Reemplázase en la tabla inserta en su Resuelvo 2., pequeños condominios, su fila Nº 3, por la siguiente:

b. Reemplázase en la tabla Alternativa Colectiva inserta en su Resuelvo 4., la fila correspondiente a, Metropolitana y TOTAL PAÍS, por las siguientes:

c. Reemplázase en la tabla de pequeños condominios, inserta en su Anexo Único, en su fila Nº 3, correspondiente a la Región Metropolitana, proyecto Pequeños Condominios 4, código 160205, los siguientes montos, según las columnas que se identifican a continuación:

2. Modifícase la resolución exenta Nº 2.037 (V. y U.), de 2021, en el siguiente sentido:
a. Reemplázase en la tabla inserta en su Resuelvo 3., Pequeños Condominios, su fila Nº 1, por la siguiente:

b. Reemplázase en la tabla Alternativa Colectiva inserta en su Resuelvo 5., las filas correspondientes a Antofagasta y Total País por las siguientes:

c. Reemplázase en la tabla de pequeños condominios, inserta en su Anexo Único, en su fila Nº 1, correspondiente a la Región de Antofagasta, proyecto Condominio Raulí, código 161365, los siguientes montos, según las columnas que se identifican a continuación:

d. Reemplázase en la tabla Alternativa Individual inserta en su Resuelvo 5., en la columna Selección cierre 30/09/2021, en la fila correspondiente a Total País, la celda correspondiente al Nº familias / Unidades selección por la siguiente:

3. Modifícase la resolución exenta Nº 446 (V. y U.), de fecha 8 de abril de 2021 y sus modificaciones, en el sentido de reemplazar la tabla inserta en su resuelvo 2 por la siguiente:

4. Apruébase la siguiente nómina de proyectos seleccionados para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, con su respectivo financiamiento total, incluyendo los servicios de asistencia técnica y fiscalización técnica de obras, correspondientes a: 3 proyectos en la modalidad de Construcción en Sitio Propio, todos postulados de manera individual en las regiones de Antofagasta y Coquimbo, correspondiente al proceso de selección cuyo cierre de postulación se efectuó el día 15 de diciembre de 2021, en el llamado efectuado por resolución exenta Nº 446 (V. y U.), de 2021:
Construcción en Sitio Propio.

El detalle de los recursos comprometidos por concepto de subsidio base y subsidios complementarios para cada uno de los proyectos seleccionados en el presente Resuelvo y que por este acto se asignan, se informa en la nómina que se adjunta como anexo y forma parte integrante de la presente resolución.
5. El monto del subsidio asignado de conformidad con el cuadro del Resuelvo 4. de esta resolución comprende los siguientes montos por concepto de Servicios de Asistencia Técnica, de Labores de Fiscalización Técnica de Obra y pago de Aranceles al Conservador de Bienes Raíces:
Construcción en Sitio Propio.

Dichos montos fueron calculados conforme a la resolución exenta Nº 1.875 (V. y U.), de 2015, mencionada en el visto f) de la presente resolución:
En el caso de los Servicios de Asistencia Técnica, los montos a pagar se determinan de acuerdo al número de familias que se benefician por esta resolución, conforme a lo establecido en el artículo 3, número 2 de la resolución exenta Nº 1.875 ya citada. En dicho monto, en los casos que correspondía, se incluyó el incremento relativo al área de "Elaboración de proyectos técnicos y contratación de obras", que se señala en el resuelvo 7.1 de la resolución exenta Nº 446 (V. y U.), de 2021. Junto a ello, el monto total incluye los incrementos por concepto de Habilitación, Territorios Especiales y Localidades Aisladas, Discapacidad y Movilidad Reducida que determina la resolución exenta Nº 1.875 (V. y U.), de 2015. En el caso de aquellos proyectos que se acogieron a lo establecido en el resuelvo 9.1 de la resolución exenta Nº 446 (V. y U.), de 2021, si bien les fue otorgado el monto de asistencia técnica correspondiente, de acuerdo a lo señalado precedentemente, para el pago de los servicios, el Serviu deberá haber otorgado la calificación definitiva del o los proyectos.
Mediante resolución del Director del Serviu respectivo, se determinarán los montos definitivos de Asistencia Técnica, cuando corresponda otorgar los incrementos que la resolución exenta Nº 1.875 (V. y U.), de 2015, establece en las letras g.1), g.2), j) y k) del número 3 de su artículo 3º.
Los montos a pagar por la Fiscalización Técnica de Obras se determinan de acuerdo a la totalidad de viviendas del proyecto, según el mecanismo expresado en el artículo 4º, número 17, de la resolución exenta Nº 1.875, ya citada.
6. Los recursos comprometidos en los resuelvos 4. y 5. de la presente resolución, para los proyectos seleccionados en el concurso que se llamó por resolución exenta Nº 446 (V. y U.), de 2021, cuyo cierre de postulación se efectuó el día 15 de diciembre de 2021, se resumen en el siguiente cuadro para cada región del país, incluyendo la suma total de familias beneficiadas y Unidades de Fomento comprometidas, considerando los montos de subsidio de los proyectos, incluidos sus respectivos servicios de asistencia técnica y fiscalización técnica de obras, según alternativa de postulación. El presente detalle, considera a todas las regiones convocadas en el Llamado con las respectivas selecciones efectuadas, para efectos de cuadratura y cierre del proceso.
Alternativa Colectiva.

Alternativa Individual.
