DECLARA TÉRMINO DE GIRO SEGÚN LO DISPUESTO EN EL INCISO FINAL DEL ARTÍCULO 69 DEL CÓDIGO TRIBUTARIO
Extracto de resolución exenta del Servicio de Impuestos Internos N°12 de 08.02.2022, que establece:
Declara Término de Giro según lo dispuesto en el inciso final del artículo 69 del Código Tributario a los contribuyentes que se individualiza en la Nómina.
El texto íntegro de esta resolución está publicado en la Oficina Virtual del Servicio de Impuestos Internos en internet (www.sii.cl).-
Ricardo Antonio Pizarro Alfaro, Director Nacional (S), Servicio de Impuestos Internos.