Artículo 2º.- Agréguese el siguiente artículo 11 bis a la resolución Nº 6, de 2019, de este origen:
"Artículo 11 bis: "Quedarán afectos a toma de razón todos los actos aprobatorios de contratos a honorarios de un Ministerio, Subsecretaría o servicio, salvo los convenios a que se alude en el artículo 12 bis de la presente resolución.".