MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 1.194 EXENTA (V. Y U.), DE 2021 Y APRUEBA COOPERATIVA CERRADA DE VIVIENDA SELECCIONADA EN EL MES DE NOVIEMBRE SEGÚN LO DISPUESTO EN LA RESOLUCIÓN Nº 1.194 EXENTA (V. Y U.), QUE LLAMA A PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS Nº 49 (V. Y U.), DE 2011 Y SUS MODIFICACIONES, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN COLECTIVA, A COOPERATIVAS CERRADAS DE VIVIENDA PARA LA ADQUISICIÓN DE TERRENOS Y EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN EN NUEVOS TERRENOS, EN LAS REGIONES QUE INDICA
    Santiago, 17 de febrero de 2022.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 204 exenta.
     
    Visto:
     
    a) El DS Nº 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, en adelante DS Nº 49;
    b) La resolución exenta Nº 68 (V. y U.), de fecha 22 de enero de 2021, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2021 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del programa regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011;
    c) La resolución exenta Nº 1.875 (V. y U.), de 2015, y sus modificaciones, que fija el Procedimiento para la Prestación de Servicios de Asistencia Técnica, Jurídica y Social a Programa que indica;
    d) La resolución exenta Nº 1.194 (V. y U.), de 2021, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva, a Cooperativas cerradas de vivienda para la adquisición de terrenos y el desarrollo de proyectos de construcción en nuevos terrenos, en las regiones que indica, y;
     
    Considerando:
     
    a) Que mediante la resolución exenta citada en el visto d) precedente, se llamó a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva, a Cooperativas cerradas de vivienda para la adquisición de terrenos y el desarrollo de proyectos de construcción en nuevos terrenos.
    b) Los correos electrónicos de fecha 3 y 9 de febrero de 2022 que dan cuenta de la conformidad del Jefe de la División de Política Habitacional y de la Jefa (S) de la División Jurídica, con el tenor del presente acto administrativo, por lo que dicto la siguiente
     
    Resolución:

     
    1. Modifícase la resolución exenta Nº 1.194 (V. y U.), de 2021, en el sentido de reemplazar el cuadro inserto en el resuelvo 2. por el siguiente:
    2. Apruébase la selección de la Cooperativa cerrada de vivienda indicada en la siguiente tabla, con su respectivo financiamiento total, el cual incluye los servicios de asistencia técnica, fiscalización técnica de obras y aranceles del Conservador de Bienes Raíces, detallados en el resuelvo 4., para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda en la alternativa de postulación colectiva, para adquisición de terrenos y desarrollo de proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos, en la Región de Valparaíso, correspondiente al proceso de selección cuyo cierre de postulación se efectuó el día 30 de noviembre de 2021, del llamado efectuado por resolución exenta Nº 1.194 (V. y U.), de 2021, y sus modificaciones:
    3. El detalle de los recursos comprometidos por concepto de subsidio para la adquisición de terreno y subsidio para la construcción, para las postulaciones seleccionadas en el resuelvo anterior y que por este acto se asignan, se informa en el cuadro que se adjunta como anexo y que forma parte integrante de la presente resolución.
    4. Asígnase a la Cooperativa seleccionada en el resuelvo 2. de la presente resolución exenta, por concepto de pago por los Servicios de Asistencia Técnica, por las Labores de Fiscalización Técnica de Obra y pago de Aranceles al Conservador de Bienes Raíces para el desarrollo de sus proyectos, los montos expresados en Unidades de Fomento que se detallan a continuación:
    Dichos montos fueron calculados conforme a la resolución exenta Nº 1.875 (V. y U.), de 2015, sumando 1 UF por familia, considerando lo señalado en el segundo inciso, del número 1.1. del numeral 1 del artículo 3. de la citada resolución y a lo establecido en el resuelvo 14. numeral 14.2, de la resolución exenta Nº 1.194 (V. y U.), de 2021.
    Mediante resolución del Director del Serviu respectivo, se determinarán los montos definitivos de Asistencia Técnica, cuando corresponda otorgar los incrementos que la resolución exenta Nº 1.875 (V. y U.), de 2015, establece en las letras a), c), e), g), h), i), j) y k) del número 3 de su artículo 3º.
    5. Los recursos comprometidos en el resuelvo 2. de la presente resolución exenta, ascienden a 24.043,04 Unidades de Fomento para el proyecto seleccionado en el concurso al que se llamó por resolución exenta Nº 1.194 (V. y U.), de 2021, cuyo cierre de postulación se efectuó el día 30 de noviembre de 2021, considerando los montos de subsidio del proyecto, incluidos sus respectivos Servicios de Asistencia Técnica, Fiscalización Técnica de Obras y aranceles del Conservador de Bienes Raíces y se imputarán a los recursos dispuestos para el año 2021, para el Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda de la Región de Valparaíso.     
     

    Anótese, publíquese y archívese.- Felipe Ward Edwards, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Guillermo Rolando Vicente, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.