APRUEBA ESTRATEGIA NACIONAL DE ELECTROMOVILIDAD
     
    Núm. 8 exenta.- Santiago, 18 de febrero de 2022.
     
    Vistos:
     
    Lo dispuesto en los artículos 3º, inciso primero y 22, inciso primero del decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, orgánica constitucional de bases generales de la Administración del Estado; en el decreto ley Nº 2.224, de 1978, del Ministerio de Minería, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en el decreto supremo Nº 24, de 2021, del Ministerio de Energía, que crea Comisión Asesora Ministerial para el proceso de actualización de la Estrategia Nacional de Electromovilidad; en el documento denominado "Estrategia Nacional de Electromovilidad", de fecha 18 de enero de 2022, elaborado por el Ministerio de Energía, en adelante la "Estrategia"; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y
     
    Considerando:
     
    1. Que, corresponde al Ministerio de Energía, de acuerdo al artículo 4, letras a), d) y l), del decreto ley Nº 2.224, de 1978, del Ministerio de Minería, elaborar y coordinar los planes, políticas y normas para el buen funcionamiento y desarrollo del sector energético y, además, fomentar y facilitar la participación de las personas naturales o jurídicas, con o sin fines de lucro, en la formulación de políticas, planes y normas, en materias de competencia del Ministerio.
    2. Que, en el mes de diciembre de 2017, el Ministerio de Energía lanzó la estrategia nacional de electromovilidad cuyo objetivo fue delinear las acciones que Chile debía tomar para lograr que el 40% de los vehículos particulares y el 100% de los vehículos de transporte público sean eléctricos al 2050, aportando así a las metas de eficiencia energética y mitigación de gases de efecto invernadero, contribuyendo a mejorar la movilidad y la calidad de vida de las personas y a potenciar la presencia del país como líder regional en la materia, contemplando dicha estrategia una serie de acciones y ejes estratégicos para el logro de los mismos.
    3. Que, el Programa de Gobierno del Presidente de la República, Sebastián Piñera Echenique, consigna para el periodo entre 2018 a 2022, la progresiva irrupción de la movilidad eléctrica como parte del abanico de oportunidades de innovación y desarrollo tecnológico del sector energía, al servicio del progreso del país.
    4. Que, considerando lo anterior, la "Ruta Energética 2018-2022: Liderando la modernización con sello ciudadano", lanzada en mayo de 2018, en su Eje 5, "Transporte Eficiente: Energía en movimiento", prevé como meta al año 2022 la existencia de, al menos, 10 veces más vehículos eléctricos en las calles de nuestro país, reconociendo la importancia de la electromovilidad para alcanzar la carbono neutralidad al año 2050, contribuyendo con cerca del 18% de las reducciones de CO2 esperadas.
    5. Que, mediante el decreto supremo Nº 24, de 2021, del Ministerio de Energía, se creó la Comisión Asesora Ministerial para el proceso de actualización de la Estrategia Nacional de Electromovilidad, con el fin de asesorar y acompañar el proceso de actualización, y cuyos objetivos específicos fueron: i) impulsar, apoyar y generar espacios de colaboración con el fin de acelerar la implementación de las distintas acciones comprometidas en la actualización de la Estrategia Nacional de Electromovilidad; ii) contribuir con medidas aceleradoras para el desarrollo de movilidad eléctrica en el país, y iii) difundir los desarrollos de la electromovilidad en coordinación con el Ministerio de Energía a través de la plataforma de electromovilidad como otras plataformas disponibles.
    6. Que, sumado al trabajo de la comisión antes mencionada, entre los meses de octubre y noviembre de 2021, el Ministerio de Energía difundió la propuesta de actualización de la Estrategia Nacional de Electromovilidad y la sometió a un proceso de consulta pública, con el objeto de recibir las observaciones de la ciudadanía, la academia y la industria, con el objetivo de propiciar su mejora y permitir el desarrollo acelerado y sostenible del transporte eléctrico, desde un perspectiva integral, global y participativa.
    7. Que, en el mes de enero del presente año, tomando en consideración las observaciones ciudadanas, se publicó en el sitio web institucional el documento final de la Estrategia, el cual se procede a aprobar a través del presente acto administrativo.
     
    Resuelvo:

     
    Primero: Apruébase la Estrategia Nacional de Electromovilidad, de fecha 18 de enero de 2022, adjunta a la presente resolución, que se entiende formar parte integrante de la misma para todos los efectos legales y cuyo texto íntegro se encuentra a disposición de la ciudadanía en el sitio web institucional del Ministerio de Energía.
    Segundo: El Ministerio de Energía será el encargado de liderar la implementación de la estrategia, realizar su seguimiento y efectuar una actualización quinquenal de la misma.
    Tercero: El Ministerio de Energía creará una Comisión Asesora para asesorarlo en los procesos de actualización de la Estrategia. La Comisión será convocada cada 5 años con el objeto de realizar la revisión quinquenal de la estrategia.
    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y en el sitio web del Ministerio de Energía y archívese.- Francisco López Díaz, Ministro de Energía (S).
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Loreto Cortés Alvear, Jefa División Jurídica, Subsecretaría de Energía.