APRUÉBASE LA NÓMINA DE PROYECTOS SELECCIONADOS DEL LLAMADO A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES DE PROYECTOS HABITACIONALES DEL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y TERRITORIAL, DS Nº 19 (V. Y U.), DE 2016, UBICADOS EN DOS MACRO LOTES DE PROPIEDAD DE SERVIU DE LA REGIÓN METROPOLITANA, UBICADOS EN CIUDAD PARQUE BICENTENARIO DE LA COMUNA DE CERRILLOS, DISPUESTO POR LA RESOLUCIÓN Nº 843 EXENTA, DE FECHA 19 DE JULIO DE 2021, DE LA SECRETARÍA MINISTERIAL METROPOLITANA DE VIVIENDA Y URBANISMO Y SU MODIFICACIÓN

    Santiago, 25 de febrero de 2022.- Hoy se resolvió lo siguiente:
    Núm. 213 exenta.
     
    Vistos:
     
    a) El DS Nº 19 (V. y U.), de 2016, y sus modificaciones, que Reglamenta el Programa de Integración Social y Territorial.
    b) La resolución exenta Nº 68 (V. y U.), de fecha 22 de enero de 2021, que autoriza efectuar llamados a postulación para subsidios habitacionales en sistemas y programas habitacionales que indica y señala el monto de recursos destinados, entre otros, al programa regulado por el DS Nº 19 (V. y U.), de 2016.
    c) Las facultades que me confiere el DS Nº 397 (V. y U.), de 1977, que fija el Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo.
    d) La resolución exenta RA 272/1752/2021, de fecha 16 de septiembre de 2021, que nombra a la infrascrita como Jefa del Departamento de Planes y Programas suplente de esta Secretaría Ministerial; el decreto exento RA número 272/35/2021, que establece el orden de subrogación en esta Secretaría Ministerial.
    e) La resolución exenta Nº 1.379, de fecha 4 de noviembre de 2021, de la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo, que deja sin efecto resolución exenta Nº 581 de esta Seremi y que actualiza funcionamiento respecto de documentación recibida y despachada desde este órgano y atención presencial a la ciudadanía, durante la alerta sanitaria.
    f) La resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República.
     
    Considerando:
     
    1. Que, el Resuelvo 2, de la resolución exenta Nº 1.150 (V. y U), de fecha 9 de julio de 2021, autorizó a esta Secretaría Ministerial a efectuar un Llamado Regional a Concurso en Condiciones Especiales, para la presentación de Proyectos Habitacionales del Programa de Integración Social y Territorial, regulado por el DS Nº 19 (V. y U.), de 2016, en 3 terrenos de propiedad del Serviu Región Metropolitana, ubicados en la comuna de Cerrillos.
    2. Que, la autorización anteriormente mencionada, se ejerció mediante la resolución exenta Nº 843, de fecha 19 de julio del 2021, de esta Secretaría Ministerial, y su modificación, a través de la cual se llamó a Concurso Regional en Condiciones Especiales para la presentación de proyectos habitacionales del citado Programa, en dos terrenos de propiedad de Serviu RM, identificados como Lote F2 y F3 de la comuna de Cerrillos.
    3. Que, el Resuelvo 3, de la resolución exenta singularizada en el Considerando 1., delegó en esta Secretaría Ministerial la facultad que contempla el artículo 13º, del DS Nº 19 (V. y U), de 2016, de dictar la resolución con los proyectos seleccionados, de entre aquellos presentados al Llamado que se autorizó a efectuar en el Resuelvo 2, de la citada resolución exenta y que resulte elegible, conforme a lo señalado en el artículo 12º, del mismo Reglamento.
    4. Que, de acuerdo a lo establecido en los artículos 2º, 12º y 13º, del DS Nº 19 (V. y U.), de 2016, la Comisión Evaluadora se constituyó para calificar los proyectos presentados al llamado dispuesto por el Resuelvo 1º de la citada resolución exenta Nº 843, sancionando aquellos proyectos elegibles que cumplen con los aspectos señalados como "mínimo esperado" y que obtuvieron un puntaje de 250 puntos o más, para que participen del proceso de selección del Programa de Integración Social y Territorial cumpliendo con todas las condiciones, exigencias y requisitos establecidos en el decreto en comento y en la resolución exenta, que llama al Concurso mencionado con anterioridad.
    5. Que, con fecha 11 de febrero de 2022, la Comisión Evaluadora se constituyó para revisar, evaluar y calificar los ocho proyectos habitacionales presentados al Llamado Regional a Concurso en Condiciones Especiales, regulado por la resolución exenta Nº 843 de fecha 19 de julio de 2021, de esta Secretaría Ministerial y su modificación, sancionando aquellos proyectos elegibles que cumplieron con todas las condiciones y requisitos técnicos establecidos en la resolución exenta antes citada, lo cual le consta a esta Autoridad, ya que ha tenido a la vista los antecedentes fundantes de lo anteriormente señalado, por lo que dicto la siguiente
    Resolución:
     
    1º Apruébase la nómina de los seis proyectos habitacionales elegibles, presentados al llamado a postulación en condiciones especiales para proyectos del Programa de Integración Social y Territorial, en dos terrenos de propiedad del Serviu Metropolitano, ubicados en Ciudad Parque Bicentenario de la comuna de Cerrillos, dispuesto por el Resuelvo 1., de la resolución exenta Nº 843, de fecha 19 de julio de 2021, de esta Secretaría Ministerial y su modificación. Los puntajes obtenidos por los seis proyectos elegibles en el proceso de evaluación realizado por la Comisión Evaluadora, se detallan en el siguiente cuadrResolución 352 EXENTA,
VIVIENDA
N° 2 a)
D.O. 05.04.2022
o:
    .
    2º Selecciónese el proyecto habitacional del Programa de Integración Social y Territorial elegible denominado "Condominio Viento Norte", Código de Proyecto Nº 168975 presentado por la Entidad Desarrolladora "Vías Gestión y Asesorías SpA", a desarrollarse en el Macro Lote F2, de Ciudad Parque Bicentenario de la comuna de Cerrillos, por haber obtenido el puntaje ponderado más alto entre los tres proyectos elegibles presentados en el respectivo terreno, y por cumplir con todos los requisitos y las condiciones establecidas en la resolución exenta que llamó al ConcursResolución 352 EXENTA,
VIVIENDA
N° 2 b)
D.O. 05.04.2022
o.
    .

    3º Selecciónese el proyecto habitacional del Programa de Integración Social y Territorial elegible denominado "Condominio Viento Sur", Código de Proyecto Nº 168976 presentado por la Entidad Desarrolladora "Vías Gestión y Asesorías SpA", a desarrollarse en el Macro Lote F3, de la Ciudad Parque Bicentenario de la comuna de Cerrillos, por haber obtenido el puntaje ponderado más alto entre los tres proyectos elegibles presentados en el respectivo terreno, y por cumplir con todos los requisitos y las condiciones establecidas en la resolución exenta que llamó al ConcurResolución 352 EXENTA,
VIVIENDA
N° 2 c)
D.O. 05.04.2022
so.
     
    .
    4º Dispóngase una lista de espera, con los cuatro proyectos señalados en la siguiente tabla, por obtener un puntaje final ponderado menor que los proyectos seleccionados y por cumplir con los requisitos obligatorios señalados en el llamado. La vigencia de dicha lista de espera será de 180 días a partir de la total tramitación de la presente resolución exenta. Posteriormente, ambos proyectos serán eliminados del concurso definitivamenteResolución 352 EXENTA,
VIVIENDA
N° 2 d)
D.O. 05.04.2022
.
     
    .
    5º Recházase dos proyectos presentados por las Entidades Desarrolladoras singularizadas en la siguiente nómina:
    6º Instrúyase lo siguiente:
     
    Atendida la contingencia sanitaria producto del COVID-19 y la necesidad de proteger la salud y seguridad tanto de los funcionarios Serviu, Seremi y Minvu, las Actas de Evaluación se entenderán aprobadas por los integrantes de la Comisión Evaluadora, al momento de la total tramitación de la presente resolución exenta.
    Las Entidades Desarrolladoras tendrán un plazo de cinco días hábiles, a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial de la presente resolución exenta, para poder presentar al Serviu Metropolitano sus observaciones o reclamos al resultado de la selección, si correspondiere. Lo anterior podrá ser realizado a través del correo electrónico lacostar@minvu.cl.
    Para ello, la Entidad Desarrolladora deberá ingresar sus observaciones o reclamos por escrito al Serviu Metropolitano y adjuntar un respaldo digital (CD, pendrive o archivos mediante correo electrónico), que contenga los datos del proyecto con su respectiva apelación, además de todos los documentos que avalen su reclamación, esto es planos, certificados y otros antecedentes que se estimen convenientes.
    La apelación deberá centrarse en los motivos del rechazo del proyecto, por lo que no se aceptará el ingreso de nuevos antecedentes, iniciativas y/o cambios en la propuesta presentada inicialmente.
    Los proyectos seleccionados deberán mantener todas las condiciones técnicas y de diseños presentados por la Entidad Desarrolladora y aprobados por la Comisión Evaluadora, mediante las respectivas Actas de Evaluación. En caso de alguna modificación al proyecto aprobado, por parte de la Comisión Evaluadora, ésta deberá informar inmediatamente al Serviu Metropolitano y a la División de Política Habitacional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, para su aprobación si correspondiese. Dicha modificación no podrá ir de manera alguna, en desmedro del proyecto seleccionado en la presente resolución exenta.
    Asimismo, de acuerdo a lo establecido por el DS Nº 19 (V. y U.), 2016, junto con el cumplimiento de las condiciones especiales del llamado a concurso, las Entidades Desarrolladoras de los proyectos seleccionados mediante este acto, deberán mantener las condiciones de la oferta económica por los respectivos Lotes de propiedad de Serviu Metropolitano correspondientes al primer ingreso a Serviu para su evaluación y emisión de las observaciones de la Comisión Evaluadora. La Entidad Desarrolladora no está autorizada para modificar las condiciones de la oferta económica del terreno, ni para ingresar nuevos antecedentes que modifiquen el proyecto en el proceso de subsanación de las observaciones, a menos que sea en respuesta a una observación especifica de la comisión evaluadora.
    Si producto de la tramitación municipal del proyecto o de un error involuntario en la información ingresada al sistema informático Rukan, hubiere que efectuar ajustes que impliquen una reducción o aumento en la cantidad de viviendas que no superen el 10% del total aprobado, no se requerirá modificar la presente resolución exenta y solo será necesaria la modificación del Convenio correspondiente.
    7º Impútense los recursos asignados mediante la presente resolución exenta, ascendentes a 423.526 Unidades de Fomento, correspondiente a 842 cupos de viviendas, a los recursos autorizados para el año 2021 del "Programa de Integración Social y Territorial" para la Región Metropolitana.
     


    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Francisca Bustos Contreras, Secretaria Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo Subrogante.