Modifíquese el decreto Nº 28, de 2011, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, en el siguiente sentido:
1º Reemplácese en el inciso segundo del numeral 3. "Bonificación para el cuidado de niños o niñas menores de dos años", contenido en la letra c),"Línea Emergencia Laboral Reactivación Covid-19", del artículo tercero, "Líneas de Acción y Componentes", la frase "31 de marzo" por "30 de junio".
2º Reemplácese en el inciso segundo del numeral 4. "IFE Laboral", contenido en la letra c),"Línea Emergencia Laboral Reactivación Covid-19", del artículo tercero, "Líneas de Acción y Componentes", la frase "31 de marzo" por "30 de junio".
3º En todo lo no modificado por el presente decreto, se entienden vigentes las disposiciones del decreto Nº 28, de 2011, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y sus modificaciones.