MODIFICA LA RESOLUCIÓN Nº 1.337 EXENTA (V. Y U.), DE 2021, QUE LLAMA A POSTULACIÓN NACIONAL EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL AÑO 2021, PARA PROYECTOS DEL TÍTULO III, AMPLIACIÓN DE LA VIVIENDA, DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR REGULADO POR EL D.S. Nº 255 (V. Y U.), DE 2006, Y APRUEBA NÓMINA DE POSTULANTES SELECCIONADOS DE SU SEGUNDO PROCESO DE POSTULACIÓN
Santiago, 3 de marzo de 2022.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 340 exenta.
Visto:
1. El DS Nº 255 (V. y U.), de 2006, y sus modificaciones, que regula el Programa de Protección del Patrimonio Familiar, en especial lo señalado en la letra d) de su Artículo 13.
2. La resolución exenta Nº68 (V. y U.), de 2021, y sus modificaciones, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2020, en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, regulado por el DS Nº255 (V. y U.), de 2006.
3. La resolución exenta Nº 1.337 (V. y U.), de 2021, y sus modificaciones, mediante la cual se realiza el llamado a postulación nacional en condiciones especiales del año 2021 para proyectos del Título III, Ampliación de la Vivienda, del Programa de Protección del Patrimonio Familiar.
4. La resolución exenta Nº 168 (V. y U.), de 2022, que aprueba el primer proceso de selección del llamado a postulación nacional en condiciones especiales del año 2021 para proyectos del Título III, Ampliación de la Vivienda, del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, y
Considerando:
1. Que, cerrado el segundo proceso de postulación del Llamado Nacional en condiciones especiales para proyectos del Título III, Ampliación de la Vivienda, del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, efectuado por resolución exenta Nº 1.337 (V. y U.), de 2021, para las regiones que no participaron del primer proceso, se procedió a seleccionar a los beneficiarios de acuerdo a lo señalado en dicha resolución en el DS Nº 255 (V. y U.), de 2006, y a los recursos disponibles del Programa de Protección del Patrimonio Familiar.
2. Que en la modificación a la resolución exenta Nº 1.337 (V. y U.) de 2021, efectuada por la resolución exenta Nº 1.517 (V. y U.), de 2021, no se consideraron las regiones de Antofagasta y Coquimbo dentro de las que podrían participar en el segundo cierre de esta postulación efectuado en el mes de diciembre.
3. Los correos electrónicos de fechas 25 y 28 de febrero de 2022, que dan cuenta de la conformidad de los Jefes de División de Política Habitacional y Jurídica, ambos de este Ministerio, respectivamente, con el tenor del presente acto administrativo, por lo que dicto la siguiente:
Resolución:
1. Modifíquese la resolución exenta Nº 1.337 (V. y U.), de 2021, en el siguiente sentido:
1.1. Reemplácese en el resuelvo 2 el guarismo "500.000 UF", por el guarismo "556.003,42 UF".
1.2. Incorpórase en el resuelvo 3 entre las expresiones "Tarapacá" y "Valparaíso", la frase "Antofagasta, Coquimbo".
2. Apruébanse las nóminas de seleccionados para el otorgamiento de subsidios habitacionales correspondientes al segundo proceso de postulación del Llamado Nacional en condiciones especiales de este año, para proyectos del Título III, Ampliación de la Vivienda, del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, efectuado por resolución exenta Nº 1.337 (V. y U.), de 2021. Estas nóminas se adjuntan y se entenderán formar parte integrante de esta resolución. Además, fíjese el número de postulantes seleccionados por Región, según se indica en la siguiente tabla:

3. Comprométanse los recursos disponibles para el segundo proceso de postulación del Llamado Nacional en condiciones especiales para proyectos del Título III, Ampliación de la Vivienda, del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, del año 2021, los que se destinarán al financiamiento de los subsidios y al pago de los servicios de Asistencia Técnica, según la distribución señalada en el siguiente cuadro:

4. Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial, y en un periódico de circulación regional un aviso que indique el lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas de los postulantes seleccionados y los respectivos proyectos, conforme al número 1. de esta resolución, las que deberán contener, a lo menos, la comuna, el Título del cual se trate, el nombre de cada postulante con su respectiva Cédula de Identidad y el puntaje obtenido por el grupo o persona.
5. Establécese que la resolución exenta Nº 1.337 (V. y U.), de 2021, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por el presente acto administrativo.
Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Felipe Ward Edwards, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Guillermo Rolando Vicente, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.