Artículo 1°.- Modifícase el decreto supremo Nº 405, de 1983, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento de Productos Psicotrópicos, en la forma que a continuación se indica:
     
    1) Agréguese, al final de la Lista I de su Título V. "De las Listas de Psicotrópicos", lo siguiente:
     
    "N - Etil Heptedrona 2- (etilamino) -1-fenylheptan-1-ona"