Artículo 12. Entrada en vigor: El presente autoacordado comenzará a regir desde su publicación en el Diario Oficial.
     
    Acordado por don Jaime Simón Solís Pino, Presidente Titular; don Renato Alfonso Campos González, Integrante Titular, y don Eduardo Enrique Salas Cárcamo, Integrante Suplente; actuando como ministro de fe, don Sergio Carrasco Delgado, Secretario Relator.
    Comuníquese al Tribunal Calificador de Elecciones, a los Tribunales Electorales Regionales del país, al Colegio de Abogados de la Región del Biobío y al Director Regional del Servicio Electoral.