NOTIFICA RESOLUCIÓN QUE RESUELVE LOS RECURSOS DE RECLAMACIÓN ATINGENTES AL PROYECTO "PLAN DE EXPANSIÓN CHILE LT 2X500 KV CARDONES-POLPAICO", CUYO PROPONENTE ES INTERCHILE S.A.
De conformidad a lo dispuesto en el inciso final del artículo 45 y en la letra c) del artículo 48 de la ley N° 19.880, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado (en adelante, la "ley N° 19.880"), se comunica a don Federico Niemann Peralta, don Ignacio Fernández Reyes, doña Pamela Niemann Peralta, doña Bárbara Brañes Farren, doña Paulina Fernández Reyes, don Javier Lara Salvo, doña Marcela Peralta Biron, doña Inés Ramírez Gardeweg, doña María Inés Reyes Schifferli, don Alejandro Silva Gutiérrez, doña Patricia Note Cuello, en representación de la Junta de Vecinos El Peñón y de la Agrupación de Juntas de Vecinos del Sector Rural Cordillerano de Coquimbo, doña Stephanie Leighton Geddes, doña Lorenza Vega Cortés, don Piero Vitta Espinoza, en representación del Comité Ambiental Comunal de Villa Alemana, don Juan Valladares Arellano, don Gerardo Leighton Sotomayor, por sí y en representación del Comité de Adelanto Sector El Maqui, y a don Mauricio Zulueta Ramírez, quienes presentaron observaciones conforme a lo establecido en el artículo 29 de la ley N° 19.300 durante el proceso de participación ciudadana del Estudio de Impacto Ambiental del proyecto "Plan de Expansión Chile LT 2x500 kV Cardones-Polpaico", de Interchile S.A. (en adelante, el "Proponente"), y cuyas observaciones fueron reclamadas, que mediante la resolución exenta N° 202299101196, de 10 de marzo de 2022, de la Directora Ejecutiva (S) del Servicio de Evaluación Ambiental en su calidad de secretaria del Comité de Ministros, se rechazaron los recursos de reclamación interpuestos en contra de la RCA N° 1608, de 10 de diciembre de 2015, por los motivos de hecho y de derecho que allí se indican.
Asimismo, se informa a las personas ya individualizadas que lo estimen pertinente que disponen de un plazo de 30 días, contados desde la presente notificación, para presentar un recurso de reclamación judicial ante el Segundo Tribunal Ambiental de Santiago, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 17 N° 6 de la ley N° 20.600, que crea los Tribunales Ambientales, sin perjuicio de ejercer cualquier otro recurso que estimen oportuno.
El texto íntegro de la resolución ante individualizada puede ser conocido en:
. Servicio de Evaluación Ambiental, Dirección Ejecutiva, ubicado en Miraflores N° 222, piso 20, Santiago.
. Sitio web www.sea.gob.cl.
Genoveva Razeto Cáceres, Directora Ejecutiva (S) del Servicio de Evaluación Ambiental, Secretaria del Comité de Ministros.