APRUEBA MODIFICACIÓN VÍA ENMIENDA A LA ORDENANZA LOCAL DEL PLAN REGULADOR COMUNAL DE CURICÓ
    Núm. 1.370 exento.- Curicó, 23 de marzo de 2022.
     
    Vistos:
     
    a) La resolución afecta N° 21 de 5 de febrero de 2010 del Gobierno Regional del Maule, publicada en el Diario Oficial con fecha 2 de agosto de 2011, que promulgó el Plan Regulador de Curicó.
    b) Lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, y lo dispuesto en los artículos 2.1.11 y 2.1.13 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, referentes a la tramitación de enmiendas y Planes Reguladores Comunales.
    c) El dictamen Contraloría General de la República N° 10.084-2020, de fecha 17 de junio de 2020, aprueba la posibilidad de desarrollar en forma remota las etapas de participación ciudadana contempladas en los procedimientos de aprobación y modificación de instrumentos de planificación territorial, en el contexto de la actual emergencia sanitaria Covid 19.
    d) El decreto exento N° 4.546 de fecha 29 de diciembre de 2020, que aprueba la Modificación a la Ordenanza de Participación Ciudadana, incorporando la modalidad de audiencias públicas por vía remota o plataforma virtual.
    e) El acuerdo del Honorable Concejo Municipal de Curicó N° 01-2021, adoptado en sesión ordinaria de fecha 5 de enero del año 2021, que autoriza el inicio de tramitación de la Enmienda N° 2 del Plan Regulador Comunal de Curicó vigente.
    f) Las cartas certificadas informativas dirigidas a las organizaciones territoriales legalmente constituidas vigentes, de fecha 4 de junio de 2021.
    g) La opinión favorable de Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil, mediante acuerdo N°03-2021 de fecha 10 de junio de 2021, para inicio de enmienda N° 2 del Plan regulador Comunal de Curicó.
    h) Los avisos de prensa efectuados en el diario La Prensa de Curicó, los días 2 y 6 de septiembre de 2021, informando del proceso de la enmienda N° 2 del Plan Regulador Comunal vigente.
    i) La entrega gratuita a interesados de memoria explicativa de la enmienda N° 2 del Plan Regulador Comunal de Curicó, iniciada el día 9 de septiembre de 2021, certificado por el Secretario Municipal.
    j) El certificado del Secretario Municipal, de fecha 9 de septiembre de 2021 que certifica la publicación del aviso de prensa en las fechas del 2 y 6 de septiembre de 2021.
    k) La audiencia pública informativa realizada con fecha 8 de septiembre de 2021, realizada vía plataforma virtual, donde se explica el proceso de enmienda, contexto y definición de enmienda, situación actual, situación propuesta y cronograma de actividades, certificado por el Secretario Municipal.
    l) La exposición por 30 días del proyecto enmienda N° 2 del Plan Regulador Comunal de Curicó, desde el 9 de septiembre hasta el 27 de octubre de 2021, en el hall de acceso y página web del municipio, certificado por el Secretario Municipal.
    m) Los avisos de prensa efectuados en el diario La Prensa de Curicó, los días 14 y 17 de enero de 2022, convocando segunda audiencia pública de la enmienda N° 2 del Plan Regulador Comunal vigente.
    n) El certificado de la Secretaria Municipal (S), de fecha 20 de enero de 2022 que certifica la publicación del aviso de prensa en las fechas del 4 y 17 de enero de 2022.
    o) La segunda audiencia pública informativa de la enmienda N° 2 del Plan Regulador Comunal de Curicó, realizada con fecha 19 de enero de 2022, realizada vía plataforma virtual, certificado por el Secretario Municipal.
    p) La opinión favorable de Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil, mediante acuerdo N°01-2022 de fecha 26 de enero de 2022, para aprobar proyecto de enmienda N° 2 del Plan Regulador Comunal de Curicó.
    q) El certificado de la Secretaria Municipal (S), de fecha 4 de febrero de 2022, que certifica que durante el periodo de recepción de consultas del proyecto de enmienda N°2 del Plan Regulador Comunal de Curicó, comprendido entre los días 20 de enero y 3 de febrero de 2022, no se ingresaron observaciones en la oficina de partes y página web del municipio.
    r) El acuerdo N° 47-2022 adoptado por el Honorable Concejo Municipal, sesión ordinaria de fecha 28 de febrero de 2022, que aprueba por unanimidad el proyecto de enmienda N°2 del Plan Regulador Comunal.
    s) Las facultades conferidas por la ley N° 18.695 de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones posteriores.
     
    Considerando:
     
    - Que se ha cumplido con todos los pasos administrativos para la aprobación de la Enmienda N° 2 al Plan Regulador Comunal de Curicó, según lo señalado en el artículo 45 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, y lo reglamentado en los artículos 2.1.11 y 2.1.13 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones,
     
    Decreto:

     
    Primero: Apruébase la siguiente modificación vía Enmienda a la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Curicó, promulgado por resolución afecta N° 21 de 5 de febrero de 2010, del Gobierno Regional del Maule, publicada en el Diario Oficial con fecha 2 de agosto de 2011, según disposiciones aprobadas por el Honorable Concejo Municipal en sesión ordinaria de fecha 28 de febrero de 2022, cuyo texto corresponde al siguiente:
     
    Enmienda N°2:
    Modifíquese el artículo 4.1.3 Usos de Suelo y Normas Específicas, en el Título IV Zonificación, Usos de Suelo y Normas Específicas de la Ordenanza Local, incorporando la disminución del 100% de los antejardines exigidos para uso de suelo residencial y equipamiento por el Plan Regulador Comunal, para parte de la Zona Urbana Mixta 4 (ZU 4), de la Zona Urbana Residencial 6 (ZU 6) y de la Zona Urbana Residencial 10 (ZU 10), en cuanto al ítem Normas de Subdivisión y Edificación por Usos, los parámetros que se detallan:
     
    ZU-4a Zona Urbana Mixta 4a
     
   
     
     
    ZU-6a Zona Residencial 6a
     
   
     
    ZU-10a Zona Residencial 10a
     
   
     
    Dicha modificación se aplica solo a los polígonos que son parte de la Zona Urbana Mixta 4 (ZU 4), Zona Urbana Residencial 6 (ZU 6) y Zona Urbana Residencial 10 (ZU 10) conformados por los siguientes vértices:
     
    Zona Urbana Mixta 4a (ZU 4a): al Norte a 12 y 13 metros al sur del eje calzada de Av. Alessandri, al Oriente con deslinde poniente de Escuela D-1 Jorge Alessandri y a 30 metros al poniente del eje del pasaje Pedro de Valdivia, al Sur a 17 y 19 metros al norte del eje calzada de Av. Carlos Condell y al Poniente a 12 metros al oriente del eje calzada de Av. Alessandri con vértice A  y 19 metros al norte del eje calzada de Av. Carlos Condell con vértice D del polígono.
    Zona Urbana Residencial 6a (ZU 6): al Norte con en el eje de Calle Toconao, Oriente con 21 metros al sur del eje calzada de calle Inca de Oro, Sur con el eje de la calzada de avenida Circunvalación Sur y Poniente con eje de la calzada de Avenida Trapiche.
    Zona Urbana Residencial 10a (ZU 10a): al Norte con 5,50 metros con el eje de calle Sarajevo, Oriente con 5,50 metros con el eje calzada de calle Sarajevo, Sur con 15,00 metros con el eje de la calzada de avenida Curicó y Poniente con 6,00 metros con el eje de la calzada de la Calle Barcelona.     

    Segundo: Déjase establecido que en el resto de los polígonos no señalados continúan vigentes los parámetros indicados en el texto original del Plan Regulador Comunal de Curicó.
     

    Tercero: Publíquese en el Diario Oficial, en la página web de la Ilustre Municipalidad de Curicó, y en la plataforma de Transparencia.
     

    Cuarto: Encomiéndase a la Secretaria Comunal de Planificación, realizar y coordinar todos los trámites administrativos necesarios para dar cumplimiento al presente decreto alcaldicio.
     

    Quinto: Déjase sin efecto el decreto exento N° 1.154 de fecha 08.03.2022, debido a la omisión de información relevante que es necesaria incluir.
    Anótese y comuníquese.- Javier Muñoz Riquelme, Alcalde de Curicó.- José Guillermo Piérola Palma, Secretario Municipal.