MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 11, DE 2019, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN LA FORMA QUE INDICA
Núm. 10.- Santiago, 4 de febrero de 2022.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República; en la ley Nº 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley Nº 21.395, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2022; en la ley Nº 21.040, que crea el Sistema de Educación Pública; en la ley Nº 20.845, de inclusión escolar que regula la admisión de los y las estudiantes, elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado; en la ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el ordinario Nº 18, de 2022, de la Subsecretaría de Educación Parvularia; en el ordinario Nº 38, de 2022, de la Junta Nacional de Jardines Infantiles; en el ordinario Nº 04/124, de 2022, de la División de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Educación; en la resolución Nº 11, de 2019, del Ministerio de Educación; y en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y
Considerando:
Que, la ley Nº 21.395 de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2021, en su Partida 09, Capítulo 17, Programa 02, Subtítulo 24, ítem 02, Asignación 051 "Fondo de Apoyo a la Educación Pública - Servicios Locales", contempla recursos por el monto de $21.224.167.000. Asimismo, en su Partida 09, Capítulo 17, Programa 02, Subtítulo 24, ítem 03, Asignación 051 "Fondo de Apoyo a la Educación Pública", dispone de la cantidad de $83.175.883.000, para su ejecución.
Que, la Glosa 02 de este programa, señala que estos recursos tienen por finalidad colaborar en el funcionamiento del servicio educacional que entregan los servicios locales de educación, para ser utilizados exclusivamente en el financiamiento de aquellas acciones propias de la entrega de dicho servicio y su mejoramiento, y en la revitalización de los establecimientos educacionales. Estos recursos podrán destinarse para los fines y obligaciones financieras del ámbito educativo que se requieran para asegurar el funcionamiento del servicio educativo y serán considerados como ingresos propios del sostenedor.
Que, por su parte las Glosas 02 y 03, establecen que estos recursos también podrán destinarse al equipamiento, mejoramiento y mantención de infraestructura en los establecimientos de educación parvularia en su modalidad Vía Transferencia de Fondos (VTF). En dicho caso, la Dirección de Educación Pública tendrá que determinar, en coordinación con la Subsecretaría de Educación Parvularia y la Junta Nacional de Jardines Infantiles, los criterios de focalización de estos recursos, considerando al menos la oferta de establecimientos en la zona geográfica, lo cual deberá incluirse en la resolución N° 11, de 2019, del Ministerio de Educación y sus modificaciones, lo que fue coordinado mediante los oficios que a continuación se señalan.
Que, asimismo las citadas glosas que establecen los usos específicos en que se emplearán estos recursos; y las formas, procedimientos de entrega y rendición de éstos son los establecidos en la resolución N° 11, de 2019, del Ministerio de Educación, la que debe incorporar los cambios de cifras dispuestos en la ley de presupuestos vigente.
Que, por ordinario N° 18, de 12 de enero de 2022, de la Subsecretaría de Educación Parvularia, dirigido a la Directora Nacional de la Dirección Pública, informa que revisados y analizados los criterios de focalización actualmente vigentes, en conformidad a la normativa aplicable, se validan los criterios de focalización de los recursos del Fondo de Apoyo a la Educación Pública.
Que, por ordinario N° 38, de 14 de enero de 2022, de la Vicepresidenta Ejecutiva Junta Nacional de Jardines Infantiles, dirigido a la Directora Nacional de la Dirección de Educación Pública, comunica que luego del análisis de los equipos técnicos, su Servicio considera pertinente mantener los criterios de focalización de los recursos del Fondo de Apoyo a la Educación Pública.
Que, en atención a lo anteriormente expuesto, mediante ordinario N° 04/124, de 28 de enero de 2021, el Jefe de la División de Planificación y Presupuesto, solicita a la División Jurídica del Ministerio de Educación, modificar la resolución N° 11, de 2019, incorporando los cambios en la cifras monetarias y guarismos específicos relativo a los montos dispuestos en la ley de presupuestos vigente, lo anterior, para distribuir el Fondo de Apoyo a la Educación Pública, según la disponibilidad de recursos para el ejercicio presupuestario actual.
Resuelvo:
Artículo único.- Modifícase el artículo segundo de la resolución N° 11, de 2019, del Ministerio de Educación, en la siguiente forma:
1) En el artículo 8°, modifícase en el sentido de reemplazar el guarismo "122.194.382.000" por "83.175.833.000".
2) En su artículo 9°:
a) Reemplázase en las letras a) y b) de su numeral 8 el guarismo "2017" por "2018" las dos veces que aparece.
3) En su artículo 10:
a) Reemplázase en su inciso segundo el guarismo "2021" por "2022";
b) Modifícase el inciso segundo en el siguiente sentido:
b.1) En su letra a) el guarismo "15.466.515.000" por "16.147.042.000";
b.2) En el párrafo primero de su literal b):
i. el guarismo "17.866.492.000" por "18.652.618.000";
ii. el guarismo "2019" por "2021"
b.3) En el párrafo segundo del literal b) el guarismo "2019" por "2021";
c) En su literal c) el guarismo "86.265.821.000" por "45.666.415.000";
4) Modifícase el artículo 14 de la siguiente manera:
a) El guarismo "2.595.554.000" por "2.709.758.000";
5) Reemplázase en su artículo 15 bis, el guarismo "2021" por "2022" las dos veces que aparece;
6) Modifícase en el inciso primero del artículo 16, el guarismo "31.180.620.000" por "21.224.167.000".
Anótese, tómese razón y publíquese.- Jorge Poblete Aedo, Ministro de Educación (S).
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, León Paul Castro, Subsecretario de Educación (S).