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Resolución 485 EXENTA

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Resolución 485 EXENTA

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Resolución 485 EXENTA MODIFICA RESOLUCIÓN N° 224 EXENTA (V. Y U.), DE FECHA 17 DE FEBRERO DE 2022, DE LLAMADO A POSTULACIÓN NACIONAL EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL CAPÍTULO PRIMERO, EQUIPAMIENTO COMUNITARIO, DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, REGULADO POR EL DS N° 27 (V. Y U.) DE 2016, A ORGANIZACIONES COMUNITARIAS Y JUNTAS DE VECINOS, REGIDAS POR LA LEY N° 19.418, FIJA CONDICIONES PARA SU APLICACIÓN, EL MONTO DE RECURSOS DISPONIBLES Y SU DISTRIBUCIÓN

MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO

Resolución 485 EXENTA

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Promulgación: 06-ABR-2022

Publicación: 11-ABR-2022

Versión: Única - 11-ABR-2022

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MODIFICA RESOLUCIÓN N° 224 EXENTA (V. Y U.), DE FECHA 17 DE FEBRERO DE 2022, DE LLAMADO A POSTULACIÓN NACIONAL EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL CAPÍTULO PRIMERO, EQUIPAMIENTO COMUNITARIO, DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, REGULADO POR EL DS N° 27 (V. Y U.) DE 2016, A ORGANIZACIONES COMUNITARIAS Y JUNTAS DE VECINOS, REGIDAS POR LA LEY N° 19.418, FIJA CONDICIONES PARA SU APLICACIÓN, EL MONTO DE RECURSOS DISPONIBLES Y SU DISTRIBUCIÓN

    Santiago, 6 de abril de 2022.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 485 exenta.
     
    Visto:
     
    a) El decreto supremo N° 27 (V. y U.), de 2016 y su modificación, que regula el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios y en especial lo dispuesto en su artículo 24.
    b) La resolución exenta N° 2.007 (V. y U.), de fecha 17 de diciembre de 2021, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2022 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios regulado por el DS N° 27 (V. y U.), de 2016.
    c) La facultad que me confiere el inciso segundo del artículo 15 de la ley N° 20.898 (V. y U.) de 2016, para otorgar subsidios, entre otros, a personas jurídicas sin fines de lucro constituidas de conformidad al decreto supremo N° 58, del Ministerio del Interior, promulgado y publicado el año 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 19.418, sobre Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias.
    d) La resolución N° 1.237 (V. y U.), de 2019, que fija Procedimiento para la Prestación de Servicios de Asistencia Técnica para el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, DS N° 27 (V. y U.), de 2016.
    e) La resolución exenta N° 2.166 (V. y U.), de fecha 17 de septiembre de 2019, que aprueba Itemizado Técnico de obras para proyectos asociados al Capítulo Primero: Proyectos para el Equipamiento Comunitario, del Programa de Mejoramiento de la Vivienda y Barrio regulado por el DS N° 27 (V. y U.), de 2016.
    f) El oficio ordinario N° 430, de fecha 15 de septiembre de 2021, del Subsecretario (V. y U.), que instruye sobre la exigencia de declaración de residuos de construcción y demolición (RDC) de todas las obras financiadas por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
    g) La resolución exenta N° 57, de fecha 13 de enero de 2022, del Jefe de División Técnica Estudios y Fomento Habitacional, que aprueba Estándares de Sustentabilidad para Proyectos de Construcción y/o Mejoramiento de Edificaciones Comunitarias y Áreas Verdes, del Capítulo 1 del DS N° 27.
    h) La norma chilena NCh 3562 "Residuos de Construcción y Demolición (RCD) - Clasificación y Directrices para el Plan de Gestión".
    i) La resolución exenta N° 224 (V. y U.), de fecha 17 de febrero de 2022, que llama a postulación nacional en condiciones especiales para el desarrollo de proyectos del Capítulo Primero, Equipamiento Comunitario, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS N° 27 (V. y U.) de 2016, a Organizaciones Comunitarias y Juntas de Vecinos, regidas por la ley N° 19.418, fija condiciones para su aplicación, el monto de recursos disponibles y su distribución, y
     
    Considerando:
     
    La necesidad de aumentar los plazos del llamado indicado en la letra i) de los vistos, dado que se requiere contar previamente con tablas de costos actualizadas que permitan una adecuada elaboración y ejecución de los proyectos que participarán en el presente llamado.
     
    Resolución:
     
    1. Modifícase la resolución exenta N° 224 (V. y U.), de fecha 17 de febrero de 2022, según se indica:
     
    1.1 Reemplázase en el resuelvo 6 el cuadro correspondiente a los plazos de procesos y fases de postulación correspondientes a la primera selección, por el siguiente:
     
   
     
    2. Establécese que la resolución exenta N° 224, de (V. y U.), de 2022 se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución.
     

    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Tatiana Valeska Rojas Leiva, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.

Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Única
De 11-ABR-2022
11-ABR-2022

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