Modifíquese el decreto supremo N° 277, de 2013, del Ministerio de Educación que fija el reglamento de la ley N° 17.336, sobre propiedad intelectual, de la siguiente forma:
     
    Reemplácese íntegramente su artículo 5° por el siguiente:
     
    "Artículo 5°: El Departamento de Derechos Intelectuales que establece el artículo 90° de la ley N° 17.336, tendrá a su cargo el Registro de la Propiedad Intelectual, la atención al público y la respuesta de las consultas que le formulen los usuarios en todo lo relativo al registro y otras materias de su competencia.".