Artículo segundo: Introdúcense las siguientes modificaciones al decreto supremo N° 837, del entonces Ministerio del Interior del año 2010, que aprueba el Reglamento de la ley N° 20.430, que Establece Disposiciones sobre Protección de Refugiados:
     
    1. Elimínase el artículo 37 bis.
    2. Sustitúyese, en el inciso segundo del artículo 1º, la expresión "artículo 37 bis" por "artículo 37".
    3. Sustitúyese, en el inciso primero del artículo 21, la expresión "artículo 37 bis" por "artículo 37".
    4. Sustitúyese, en el inciso primero del artículo 42, la expresión "artículo 37 bis" por "artículo 37".