Artículo 1.o Confiérese personalidad jurídica a la Comisión Administrativa, compuesta por el intendente de la provincia de Concepción, el primer alcalde la ciudad de ese nombre y el vicepresidente de la Junta de Beneficencia de Concepción, que ha designado don Pedro del Río Zañartu, en su testamento de 8 de Noviembre de 1917, otorgado ante el notario de Talcahuano, para que desempeñe la administración del fundo "Hualpén", legado por el testador a la ciudad de Concepción y dé cumplimiento a las disposiciones testamentarias que se relacionan con el goce de dicho legado y establezca el Parque Pedro del Río Zañartu.
    El domicilio legal de la comisión administrativa será la ciudad de Concepción.