DECRETA EXPROPIACIÓN POR CAUSA DE UTILIDAD PÚBLICA DE TRAMO DE VÍA ESTRUCTURANTE, AVENIDA DIEGO PORTALES, ENTRE CALLE INÉS PARADA Y AVENIDA COSTANERA, COMUNA DE CASABLANCA


    Por decreto alcaldicio Nº 1.914, de fecha 9 de marzo de 2022 de la Ilustre Municipalidad de Casablanca, y en mérito de lo dispuesto en los artículos 19 Nº 24 inciso 3º de la Constitución Política de la República; artículo 51 letra a), 59º y 83º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones; artículo 4º y siguientes del DL 2.186/1978, Ministerio de Justicia, Ley Orgánica de Procedimiento de Expropiaciones; artículos 33 inciso final y 65º letra g) de la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades; el Plan Regulador de la Comuna de Casablanca; se decretó expropiación de una franja afecta a utilidad pública ubicada en Inés Parada Lote 1, Rol de Avalúo 1-6 de la comuna de Casablanca, inscrita a nombre del Obispado de Valparaíso, a fojas 1.771 número 3.085, del año 2003, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Casablanca, la cual fue singularizada con el polígono "A1-A2-N1-N-M-M1-A1" y una superficie de 3.467 m2 en el plano elaborado por la Unidad de Asesoría Urbana de la Secretaría Comunal de Planificación, con fecha 13 de diciembre de 2020, para efectos de materializar la apertura de un tramo de la vía estructurante Avenida Diego Portales, entre calle Inés Parada y Avenida Costanera, en un ancho total de 20,00 metros. La comisión de peritos, nombrada por decreto alcaldicio Nº 7.250, de fecha 4 de noviembre de 2021, que designa a la Comisión de Peritos Tasadores, compuesta por doña María Elena Giacaman Garay, doña Isabel Alejandra Orrico Gajardo y doña Paulina Macarena Campos Dietert, mediante informe de costos previos a expropiación; en su punto 15, fijó el monto de la indemnización provisional de 10.054,3 Unidades de Fomento por la superficie a expropiar, la cual se encontrará afecta al reajuste que determina el artículo 5 de la ley Nº 2.186 de 1978, debiendo considerar para su consignación judicial, lo dispuesto en el artículo 17 del cuerpo legal. La indemnización se pagará al contado. El texto íntegro del decreto alcaldicio Nº 1.914, de fecha 9 de marzo de 2022, se encuentra publicado en la página web municipal https://www.municipalidadcasablanca.cl/ transparenciaactiva/index.php.-
   
    Francisco Javier Riquelme López, Alcalde.- Leonel Bustamante González, Secretario Municipal.