INCORPORA VÍA PARA LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS DE LOCOMOCIÓN COLECTIVA EN LA CIUDAD DE SAN PEDRO DE LA PAZ
    Núm. 609 exenta.- Concepción, 14 de abril de 2022.
     
    Visto:
     
    Lo dispuesto en el decreto supremo Nº 212, de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; en el artículo 3º de la ley Nº 18.696; la resolución Nº36/91, complementada por la resolución Nº10/92, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes; resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República y demás normativa que resulte aplicable.
     
    Considerando:
     
    1. Que, a través de carta recibida con fecha 31 de marzo de 2021, la empresa Servicio de Locomoción Colectiva San Remo S.A., solicitó modificación de trazado variante en el servicio Nº148T del Transporte Público en buses urbanos regulado del Gran Concepción, agregando nuevas calles a su recorrido en la comuna de San Pedro de la Paz.
    2. Que el artículo 11º, del decreto supremo Nº 212 de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que establece el Reglamento de los Servicios Nacionales de Transporte Público, establece que "Los trazados de los servicios de locomoción colectiva deberán considerar sólo vías autorizadas por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.".
    3. Que, en cumplimiento de lo dispuesto en la citada resolución Nº 36 de 1991, complementada por la resolución Nº10 de 1992, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones se solicitó el pronunciamiento de la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de la comuna San Pedro de la Paz, así como de la Prefectura de Carabineros de Concepción mediante oficio Nº 3916, de 15 de febrero de 2022 de esta Secretaría Regional Ministerial, respecto a la solicitud de la empresa Servicio de Locomoción Colectiva San Remo S.A.
    4. Que, mediante oficio ordinario Nº 48 de 21 de febrero de 2022, del Departamento de Tránsito y Transporte Público de la I. Municipalidad de San Pedro de la Paz, se informa favorablemente en el sentido que la vía consultada cumple las condiciones técnicas y operacionales para ser utilizada por vehículos de transporte público urbano.
    5. Que, mediante Ordinario Nº 217 de 17 de marzo de 2022, la Prefectura de Carabineros Concepción Nº 18 remite informe técnico de Factibilidad Nº 08-F-2022, respecto del recorrido propuesto.
    6. Que esta Secretaría Regional Ministerial ha considerado conveniente, conforme a los antecedentes, autorizar el uso para el transporte público de la vía que a continuación se individualiza.
     
    Resuelvo:


    Incorpórese en la ciudad de San Pedro de la Paz, la siguiente vía por la cual podrán circular los vehículos que prestan servicios de locomoción colectiva urbana:
    SAN PEDRO DE LA PAZ
    Calle Luis Acevedo, en toda su extensión.

    Anótese y publíquese en el Diario Oficial.- Claudia Regina García Lima, Secretaria Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región del Biobío.