INCORPORA VÍAS PARA LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS DE LOCOMOCIÓN COLECTIVA EN LA CIUDAD DE CORONEL
    Núm. 615 exenta.- Concepción, 25 de abril de 2022.
     
    Visto:
     
    Lo dispuesto en el decreto supremo Nº 212, de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; en el artículo 3º de la ley Nº 18.696; la resolución Nº 36/91, complementada por la resolución Nº 10/92, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes; resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, y demás normativa que resulte aplicable.
     
    Considerando:
     
    1. Que, a través de carta de 18 de enero de 2022, la empresa de Transportes de Pasajeros Nueva Ruta 160 S.A., solicitó modificación de Variante 1 de la línea Nº 3 de buses urbanos en la ciudad de Coronel.
    2. Que el artículo 11º, del decreto supremo Nº 212 de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, establece que "Los trazados de los servicios de locomoción colectiva deberán considerar sólo vías autorizadas por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones."
    3. Que, mediante oficio Nº 4874, de 26 de febrero de 2022, se solicitó pronunciamiento de la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Coronel, así como de la Prefectura de Carabineros de Chile, Concepción Nº 18.
    4. Que, mediante oficio Nº 77, de 14 de marzo de 2022, de la Dirección de Tránsito y Transporte Público de la Municipalidad de Coronel, se informa favorablemente las modificaciones solicitadas.
    5. Que, mediante oficio Nº 228, de 23 de marzo de 2022, de la Prefectura de Carabineros de Chile, Concepción Nº 18, se remite Informe técnico Nº 07-F-2022 donde no se informan observaciones a las modificaciones consultadas.
    6. Que esta Secretaría Regional ha considerado conveniente, conforme a los antecedentes, autorizar para el transporte público las vías que a continuación se individualizan.
     
    Resuelvo:
     
    Incorpórese en la ciudad de Coronel, las siguientes vías, por las cuales podrán circular los vehículos que prestan servicios de locomoción colectiva urbana:

                    CORONEL

    1. Calle Avenida Quiñenco en toda su extensión.
    2. Calle Coñaripe en toda su extensión.
    3. Calle El Rodeo en toda su extensión.
    4. Calle El Granero en toda su extensión.
    5. Calle Las Parcelas en toda su extensión.
    6. Calle Manquilef en toda su extensión.
    Anótese y publíquese en el Diario Oficial.- Claudia Regina García Lima, Secretaria Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región del Biobío.