INCORPORA VÍAS PARA LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS DE LOCOMOCIÓN COLECTIVA EN LA CIUDAD DE CORONEL
     
    Núm. 634 exenta.- Concepción, 3 de mayo de 2022.
     
    Visto:
     
    Lo dispuesto en el decreto supremo N° 212, de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; en el artículo 3° de la ley N° 18.696; la resolución N°36/91, complementada por la resolución N°10/92, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes; resolución N° 7 de 2019 de la Contraloría General de la República y demás normativa que resulte aplicable.
     
    Considerando:
     
    1. Que, a través de carta fechada el 22 de diciembre de 2021, la empresa Sociedad de Transportes Acuario Ltda., solicitó modificación de Troncal y Variante 1 de la línea N°25 de taxis colectivos, en la ciudad de Coronel.
    2. Que el artículo 11°, del decreto supremo N° 212 de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, establece que "Los trazados de los servicios de locomoción colectiva deberán considerar sólo vías autorizadas por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones."
    3. Que, mediante oficio N°2.005, de 21 de enero de 2022, se solicitó pronunciamiento de la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Coronel, así como de la Prefectura de Carabineros de Chile, Concepción N°18.
    4. Que, mediante oficio N°63, de 21 de febrero de 2022, de la Dirección de Tránsito y Transporte Público de la Municipalidad de Coronel, se informan favorablemente las modificaciones solicitadas.
    5. Que, mediante informe técnico N° 2-F-2021, remitido por oficio N° 111, de 7 de febrero de 2022 de la Prefectura de Carabineros de Chile, Concepción N°18, no se informan observaciones a las modificaciones consultadas.
    6. Que esta Secretaría Regional ha considerado conveniente, conforme a los antecedentes, autorizar para el transporte público las vías que a continuación se individualizan.
     
    Resuelvo:

     
    Incorpórense en la ciudad de Coronel, las siguientes vías, por las cuales podrán circular los vehículos que prestan servicios de locomoción colectiva urbana:
     
    CORONEL
    1. Calle Pinolevi en toda su extensión.
    2. Calle Santa Silvia en toda su extensión.
    3. Paso sobre nivel Manuel Montt en toda su extensión.
    4. Calle Taique en toda su extensión.

     
    Anótese y publíquese en el Diario Oficial.- Claudia Regina García Lima, Secretaria Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Biobío.