Artículo 13.- Las calidades indicadas en el artículo anterior se acreditarán mediante la documentación que se detalla a continuación:
     
    - Respecto del literal b), certificado de nacimiento de la persona de nacionalidad chilena o titular de la residencia definitiva, en que aparezca que el interesado tiene la calidad de padre o madre.
    - En cuanto a los literales c), d) y e), certificado de nacimiento del interesado en que conste el vínculo con la persona de nacionalidad chilena o titular de la residencia definitiva. Igualmente, cuando corresponda, deberán adjuntarse los antecedentes que den cuenta de la regularidad de la salida de dichos niños, niñas y adolescentes desde su país de origen, o desde aquel en el cual hayan residido en los últimos 5 años.
    - Respecto del literal a), certificado de matrimonio o de la figura civilmente homologable.
    - Por su parte, en cuanto a la letra d), la situación de discapacidad deberá ser acreditada mediante documentos oficiales debidamente legalizados o apostillados, según corresponda, emanados de la entidad que de acuerdo a la normativa del país de que se trate tenga competencias para ello.
    - Respecto del literal e), una declaración jurada de soltería, y certificado de alumno regular de una entidad de educación superior reconocida por el Estado.
    - En el caso de la letra f), referida a aquellos menores de 18 años que se encuentren bajo cuidado personal o curaduría del chileno o del extranjero titular de residencia definitiva, esa calidad deberá demostrarse con documentos otorgados por la entidad que sea competente de conformidad con el ordenamiento vigente en el Estado que otorgó el cuidado personal o la curaduría. Además, deberán acompañarse a la solicitud antecedentes donde expresamente conste la autorización del organismo público competente que permita el viaje de niños, niñas y adolescentes desde ese país hacia Chile, y en el que conste además el objeto del mismo.
    - Respecto de los literales c) y f), la minoría de edad se determinará de conformidad con la legislación chilena.