MODIFICA RESOLUCIÓN N° 1.588 EXENTA, DE 2020, QUE APRUEBA TARIFAS PARA EL USO O ARRIENDO TEMPORAL DE LAS DEPENDENCIAS DE PARQUE METROPOLITANO DE SANTIAGO
Núm. 229 exenta.- Santiago, 2 de marzo de 2022.
Vistos:
a) La resolución exenta N° 1.588, de fecha 21 de diciembre de 2020, que Aprueba Tarifas para el Uso o Arriendo Temporal de las dependencias de Parque Metropolitano de Santiago y deja sin efecto resoluciones exentas que indica;
b) La resolución N° 7, de fecha 26 de marzo de 2019, y la resolución exenta N° 8, de fecha 27 de marzo de 2019, ambas de las Contraloría General de la República;
c) Las facultades y atribuciones contempladas en el DS N° 891 de 1966, del Ministerio del Interior, lo indicado en el articulo N° 13, de la ley N° 16.582 de 1966, las resoluciones N° 11, de fecha 30 de junio de 1976, y N° 1.072, de fecha 3 de julio de 1980, ambas de la Dirección del Serviu Metropolitano, y la resolución exenta RA N° 209/140/2021, de fecha 2 de septiembre de 2021, del Parque Metropolitano de Santiago.
Considerando:
La necesidad del Servicio de actualizar los aforos y tipos de actividades permitidas en ciertas locaciones ubicadas al interior del Parque Metropolitano de Santiago, especialmente en aquellos jardines y áreas verdes que requieren una especial protección medioambiental.
Resuelvo:
1° Modifíquese una parte del resuelvo N° 1 de la resolución exenta N° 1.588, de fecha 21 de diciembre de 2020, en los siguientes términos:
DONDE DICE:


DEBE DECIR:


2° Déjese constancia que lo no modificado en el presente acto administrátivo se mantiene vigente en la resolución exenta N° 1.588, de fecha 21 de diciembre de 2020.
3° Las nuevas condiciones de uso señalados en el resuelvo 1° anterior comenzarán a regir a contar de la publicación del presente acto administrativo en el Diario Oficial, lo que se gestionará administrativamente por la División de Parques y Jardines del Servicio.
4° Publíquese por la encargada de Transparencia Activa del Servicio el presente acto administrativo en el Banner Institucional; para tal efecto la División Jurídica deberá remitir oportunamente los antecedentes respectivos.
Anótese, publíquese y comuníquese.- Eduardo Villalobos Fornet, Director (S), Parque Metropolitano de Santiago.