MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 224 EXENTA (V. Y U.), DE FECHA 17 DE FEBRERO DE 2022, LLAMADO A POSTULACIÓN NACIONAL EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL CAPÍTULO PRIMERO, EQUIPAMIENTO COMUNITARIO, DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, REGULADO POR EL DS Nº 27 (V. Y U.), DE 2016, A ORGANIZACIONES COMUNITARIAS Y JUNTAS DE VECINOS,  REGIDAS  POR LA LEY Nº 19.418, FIJA CONDICIONES PARA SU  APLICACIÓN, EL MONTO DE RECURSOS DISPONIBLES Y SU DISTRIBUCIÓN   
    Santiago, 13 de mayo de 2022.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 608 exenta.
     
    Vistos:
     
    a) El decreto supremo Nº 27 (V. y U.), de 2016 y su modificación, que regula el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios y en especial lo dispuesto en su artículo 24.
    b) La resolución exenta Nº 2.007 (V. y U.), de fecha 17 de diciembre de 2021, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2022 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios regulado por el DS N° 27 (V. y U.), de 2016.
    c) La resolución exenta Nº 224 (V. y U.), de fecha 17 de febrero de 2022, que llama a postulación nacional en condiciones especiales, conforme al artículo 24 del DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, a Organizaciones Comunitarias y Juntas de Vecinos, para el otorgamiento de subsidios del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios.
    d) La resolución exenta Nº 485 (V. y U.), de fecha 6 de abril de 2022, que modifica la resolución exenta Nº 224 (V. y U.), de 2022, en el sentido de reemplazar los plazos de procesos y fases de postulación correspondientes a la primera selección del llamado.
     
    Considerando:
     
    1. El alto interés presentado en algunas regiones del país por realizar postulaciones al llamado señalado en el Visto c) del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, y la necesidad de aumentar los montos de recursos, respondiendo al aumento de postulantes;
    2. Los correos electrónicos de fecha 5 y 12 de mayo de 2022, que dan cuenta de la conformidad del Jefe de la División de Política Habitacional y Jefa de la División Jurídica, respectivamente, con el tenor del presente acto administrativo.
     
    Resuelvo:
     
    1. Reemplázase el cuadro correspondiente a los recursos señalado, en el resuelvo 7, de la resolución exenta Nº 224 (V. y U.), de fecha 17 de febrero de 2022, que llama a postulación nacional en condiciones especiales, conforme al artículo 24 del DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, a Organizaciones Comunitarias y Juntas de Vecinos, para el otorgamiento de subsidios del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, correspondientes a los tipos de proyectos señalados en el Capítulo Primero, Proyectos para el Equipamiento Comunitario, por el siguiente:
     
   
     
    2. Establécese que la resolución exenta Nº 224 de (V. y U.), de 2021, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución.
     

    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Tatiana Valeska Rojas Leiva, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.