AUTORIZA A TAXIS COLECTIVOS QUE INDICA A VARIAR TRAZADO PARA ELUDIR VÍAS CONGESTIONADAS EN LA CIUDAD DE CHILLÁN

    Núm. 50 exenta.- Chillán, 10 de febrero de 2022.
     
    Vistos:
     
    Lo dispuesto en la ley Nº 18.059; en el artículo Nº 49 del decreto supremo Nº 212, de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; en la presentación de Sociedad Comercial de Transportes y Servicios Volcanes Lomas de Oriente Limitada, de fecha 5 de julio de 2021; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y la demás normativa que sea aplicable.
     
    Considerando:
     
    1. Que, la Sociedad Comercial de Transportes y Servicios Volcanes Lomas de Oriente Limitada, línea 26, mediante presentación de fecha 5 de julio de 2021, número de ingreso 126-05, solicitó a esta Secretaría Regional Ministerial calles alternativas para los móviles de la línea 26, con capacidad completa y siempre que ningún pasajero se oponga, con el objetivo de prestar un mejor servicio y más expedito, evitando largos trayectos en tiempos de pandemia, detallando las siguientes calles alternativas: a) Ida: Av. Nueva Oriente, Cerro Robles, Los Cóndores, Reloncaví, Los Puelches, Av. Inglaterra, Cristóbal Colón, calle Central, Av. Argentina, Maipón, Recorrido Habitual, calle Lazareto y recorrido habitual. b) Regreso: calle Lazareto, Brasil, Arturo Prat, recorrido habitual, Inglaterra, Los Puelches, Cerro Robles, Av. Nueva Oriente, recorrido habitual.
    2. Que, el artículo 49º del decreto supremo Nº 212, de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones dispone:
     
    "Artículo 49º: Los servicios de taxis colectivos no podrán variar sus trazados, a menos que el Secretario Regional competente lo autorice por resolución en los siguientes casos:
     
    - para eludir vías congestionadas cuando el vehículo haya completado su capacidad, en cuyo caso, en la misma resolución podrá establecer las vías alternativas que deberán utilizarse...".
     
    3. Que, esta Secretaría Regional ha considerado conveniente, conforme a lo señalado precedentemente, autorizar la variación del trazado inscrito del servicio de taxis colectivos que se indica en el resuelvo del presente acto administrativo.
     
    Resuelvo:

     
    1. Autorízase al servicio de taxi colectivo urbano de Chillán, Sociedad Comercial de Transportes y Servicios Volcanes Lomas de Oriente Limitada, Línea Nº 26, Folio Nº 37, para que pueda variar su trazado siempre y cuando el vehículo haya completado su capacidad y ningún pasajero se oponga, utilizando las siguientes calles como alternativa:
     
    - Ida: Av. Nueva Oriente, Cerro Robles, Los Cóndores, Reloncaví, Los Puelches, Av. Inglaterra, Cristóbal Colón, calle Central, Av. Argentina, Maipón, recorrido habitual, calle Lazareto y recorrido habitual.
    - Regreso: calle Lazareto, Brasil, Arturo Prat, recorrido habitual, Inglaterra, Los Puelches, Cerro Robles, Av. Nueva Oriente, recorrido habitual.
     
    2. La presente resolución entrará en vigencia 30 días después de su publicación en el Diario Oficial.
     
    Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial.- Carolina Angélica Navarrete Rubio, Secretaria Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones (S) Región de Ñuble.