AUTORIZA A TAXIS COLECTIVOS QUE INDICA A VARIAR TRAZADO PARA ELUDIR VÍAS CONGESTIONADAS EN LA CONURBACIÓN CHILLÁN Y CHILLÁN VIEJO

    Núm. 51 exenta.- Chillán, 10 de febrero de 2022.
     
    Vistos:
     
    Lo dispuesto en la ley N° 18.059; en el artículo N° 49 del decreto supremo N° 212, de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; en la Presentación de Sociedad Comercial Transportes Colectivo Isabel Riquelme Limitada, de fecha 30 de junio de 2021, complementada en carta S/N de 12 de noviembre de 2021; en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y la demás normativa que sea aplicable.
     
    Considerando:
     
    1. Que, la Sociedad Comercial Transportes Colectivo Isabel Riquelme Limitada, Línea 40, mediante presentación de fecha 30 de junio de 2021, número de ingreso 122-01, complementada a través de carta sin número de fecha 12 de noviembre de 2021, número de ingreso 216-03, solicitó a esta Secretaría Regional Ministerial calles alternativas, en los extremos del trazado, para los móviles de la Línea 40, con capacidad completa y siempre que ningún pasajero se oponga, con el objetivo de esquivar calles congestionadas, evitando demoras y congestión, detallando las siguientes calles alternativas: a) Ida: Recorrido habitual - Paula Jaraquemada - Baquedano - O'Higgins - Recorrido habitual - Libertad - Francisco Ramírez - Mario Vergara - 11 Oriente - Av. España - O'Brien - Av. Inglaterra - Los Puelches - Alonso de Ercilla - Recorrido habitual, y b) Regreso: Recorrido habitual - Alonso de Ercilla - Los Puelches - Av. Inglaterra - O'Brien - Av. España - 11 Oriente - Mario Vergara - Francisco Ramírez - Av. Coihueco - Diego Portales - Bulnes - Recorrido habitual - Av. O'Higgins - Baquedano - Paula Jaraquemada - Recorrido habitual, indicado en su carta antes mencionada.
    2. Que, el artículo 49° del decreto supremo N° 212, de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones dispone:
     
    "Artículo 49°: Los servicios de taxis colectivos no podrán variar sus trazados, a menos que el Secretario Regional competente lo autorice por resolución en los siguientes casos:
     
    - en los extremos del trazado, para lo cual también se le faculta, para establecer, en la misma forma antes señalada, un área dentro de la cual podrá prestarse el servicio y alterarse el trazado inscrito...".
     
    3. Que, esta Secretaría Regional ha considerado conveniente, conforme a lo señalado precedentemente, autorizar la variación del trazado inscrito del servicio de taxis colectivos que se indica en el resuelvo del presente acto administrativo.
     
     
    Resuelvo:

     
    1. Autorícese, al servicio de taxi colectivo urbano de Chillán, Sociedad Comercial Transportes Colectivo Isabel Riquelme Limitada, Línea N° 40, Folio N° 122, para que pueda variar su trazado, siempre y cuando el vehículo haya completado su capacidad y ningún pasajero se oponga, utilizando las siguientes calles como alternativa:
     
    - IDA: Recorrido habitual - Paula Jaraquemada - Baquedano - O'Higgins  - Recorrido Habitual - Libertad - Francisco Ramírez - Mario Vergara - 11 Oriente - Av. España - O'Brien - Av. Inglaterra - Los Puelches - Alonso de Ercilla -Recorrido Habitual.
    - REGRESO: Recorrido habitual - Alonso de Ercilla - Los Puelches - Av. Inglaterra - O'Brien - Av. España - 11 Oriente - Mario Vergara - Francisco Ramírez - Av. Coihueco - Diego Portales - Bulnes - Recorrido Habitual - Av. O'Higgins - Baquedano - Paula Jaraquemada - Recorrido Habitual.
     
    2. La presente resolución entrará en vigencia 30 días después de su publicación en el Diario Oficial.
     
    Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial.- Carolina Angélica Navarrete Rubio, Secretaria Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región de Ñuble (S).