APRUEBA REBAJA DE TASA PATENTES MUNICIPALES
    Núm. 169.- Negrete, mayo 11 de 2022.
     
    Vistos:
     
    1. Lo dispuesto en el artículo 24 del decreto ley N° 3.063 de 1979 "Ley de Rentas Municipales", que establece que el valor por doce meses de la patente será un monto equivalente entre el dos y medio por mil al cinco por mil del capital propio de cada contribuyente, la que no podrá ser inferior a una unidad tributaria mensual, ni superior a ocho unidades tributarias mensuales. Además establece que las municipalidades podrán modificar la tasa de la patente vigente en la respectiva comuna, dictando la resolución que debe ser publicada en el Diario Oficial con una anticipación de al menos seis meses al inicio del año calendario en que debe entrar en vigencia la nueva tasa.
    2. El acuerdo N° 3.329/2022 de fecha 11/05/2022 de sesión ordinaria N° 1.055, en que el Honorable Concejo Municipal aprueba la rebaja de tasa de patentes municipales de patentes municipales, desde un 4 por mil a un 2,5 por mil en todo el territorio comunal.
    3. El decreto alcaldicio N° 258 de fecha 23/12/2021, que aprueba el presupuesto municipal para el año 2022.
    4. Y teniendo presente las facultades conferidas por la ley N° 18.695 de 1988, "Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones posteriores".
     
    Vistos:
     
    a) Lo establecido en el decreto N° 2.385 promulgado el 30 de mayo de 1996 y publicado en el Diario Oficial de la República con fecha 20 de noviembre de 1996, que fija el texto refundido y sistematizado de la ley N° 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales.
    b) El decreto N° 1.803 de fecha 28 de junio de 2021, de nombramiento de alcalde y en uso de las facultades que me confiere el decreto con fuerza de ley N° 1 del Ministerio del Interior, Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, promulgado con fecha 9 de mayo de 2006 y publicado en el Diario Oficial el 26 de julio del mismo año, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
     
    Decreto:
     
    1. Apruébese la aplicación de la rebaja de tasa en cálculo de Patentes Municipales en todo el territorio comunal, desde cuatro por mil a un dos coma cinco por mil del capital propio de cada contribuyente, a contar del año 2023, para todas las actividades que se ejerzan en la comuna y que queden afectas a patentes municipales según lo establecido en la Ley de Rentas Municipales.


    Anótese, comuníquese y archívese.- Alfredo Alejandro Peña Peña, Alcalde.- Scarlette Lagos Fuentes, Secretaria Municipal (S).