PRORROGA DECLARACIÓN DE ESTADO DE EXCEPCIÓN CONSTITUCIONAL DE EMERGENCIA EN LAS ZONAS DEL TERRITORIO NACIONAL QUE INDICA

    Núm. 199.- Santiago, 27 de mayo de 2022.

    Visto:

    Lo establecido en los artículos 19 Nº 1, 7 y 9, 32 Nº 5, 39, 42, 43, 44 y 45 de la Constitución Política de la República; la ley Nº 18.415, Orgánica Constitucional de Estados de Excepción; el decreto con fuerza de ley Nº 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el decreto supremo Nº 8, de 2020, del Ministerio de Defensa Nacional, que establece las reglas de uso de la fuerza para las Fuerzas Armadas en los estados de excepción constitucional que indica; el decreto con fuerza de ley Nº 1-19.175, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la ley N° 19.175, orgánica constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; el decreto supremo N° 189, de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública que declara estado de excepción constitucional de emergencia en las zonas del territorio nacional que indica; el decreto supremo N° 193, de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública que reemplaza al Jefe de la Defensa Nacional de las Provincias de Biobío y Arauco, Región del Biobío, según indica, y la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.

    Considerando:

    1. Que, los actos violentos en las rutas, especialmente en la Región de la Araucanía y las provincias de Arauco y Biobío de la Región del Biobío han puesto en peligro la integridad física e incluso la vida de las y los trabajadores y las personas que hacen uso diario de vías que conectan diferentes zonas de nuestro territorio.
    2. Que, los cortes extendidos de las carreteras ponen en riesgo el libre tránsito, alteran el orden público y obstaculizan las cadenas de suministro, aumentando el costo de la vida en las zonas más rezagadas, lo que ha dificultado el normal desarrollo de las actividades económicas y la vida cotidiana de las familias en las zonas afectadas.
    3. Que, en razón de lo expuesto, con fecha 17 de mayo de 2022 se publicó en el Diario Oficial el decreto supremo N° 189, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública que declara estado de excepción constitucional de emergencia en la Región de la Araucanía, y las provincias de Arauco y del Biobío, de la Región del Biobío, por un plazo de 15 días.
    4. Que, la referida declaración ha permitido la colaboración de las Fuerzas Armadas con las policías, y disponer de personal, medios y equipamiento técnico y logístico adicionales de las Fuerzas Armadas.
    5. Que, a pesar de los esfuerzos desplegados, la situación de violencia en las zonas afectadas persiste, por lo que se hace necesario prorrogar la declaración de estado de excepción constitucional de emergencia, por 15 días adicionales.
    6. Que, de conformidad con los fundamentos expuestos, se torna necesario decretar el correspondiente acto administrativo, por lo que vengo en dictar el siguiente,

    Decreto:
    Artículo primero: Prorrógase el estado de excepción constitucional de emergencia, declarado mediante decreto supremo N° 189, de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por un plazo adicional de 15 días, a contar del vencimiento del período previsto en el artículo primero del decreto ya individualizado.
    Artículo segundo: Renuévanse, por el mismo periodo, las designaciones de los Jefes de la Defensa Nacional en las zonas señaladas en el artículo anterior, de los miembros de las Fuerzas Armadas que se indican a continuación:

    1. PARA LAS PROVINCIAS DE BIOBÍO Y ARAUCO, REGIÓN DEL BIOBÍO:
    Institución : Armada
    Grado : Contraalmirante
    Apellidos : Zúñiga Alvayay
    Nombres : Juan Pablo
    RUN : 10.383.906-8

    2. PARA LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA:
    Institución : Ejército
    Grado : General de Brigada
    Apellidos : Slater Escanilla
    Nombres : Edward Joe
    RUN : 10.334.869-2
    Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Izkia Siches Pastén, Ministra del Interior y Seguridad Pública.- Maya Fernández Allende, Ministra de Defensa Nacional.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Manuel Zacarías Monsalve Benavides, Subsecretario del Interior.